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  • HORAS EXTRAS PROCEDEN??

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #562672  por Dra.pi
 
HOLA!

MI CLIENTE TRABAJABA COMO VIGILADOR EN UNA GARITA 12 HS POR DIA 6 VECES A LA SEMANA.

PUEDO RECLAMAR HS. EXTRAS? O NO PROCEDEN POR LA EXCLUSION DE LA LEY DE JORNADA LABORAL?

ALGUIEN LAS RECLAMO ALGUNA VEZ?
 #563289  por pepecurdele
 
te fijaste jusrisprudencia sobre jornada de trabajo de personal de vigilancia, ya que por convenio colectivo estan reconocidas, pero por ley los asimilaban al personal que no cobra horas extras ( vigilancia o supervision). La cuestion estaba discutida en algun momento, no se ahora.
 #563307  por Dra.pi
 
Y SI LAS PLANTEO Y NO PROCEDEN CUAL ES LA CONSECUENCIA? LO PUEDEN CONDENAR AL EMPLEADO EN COSTAS POR ESE RUBRO?

ESPEREMOS OTRAS OPINIONES...
 #563310  por MORGAN
 
Según la jornada que decís corresponden las extras, fijate el CCT que establece la excepción de acuerdo a la extensión de la jornada y descanso entre cada una.
 #563319  por Dra.pi
 
EL CCT ESTABLECE UNA JORNADA DE 8 DIARIAS Y 48 SEMANALES Y EN CASO DE DE SER JORNADA DE 12 HORAS TIENE Q HABER UN DESCANSO.

PERO LA LEY DE JORNADA LABORAL, LOS EXCLUYE.

EN ESTE CASO, PREVALECE EL CCT?

QUE PASA SI ME LAS DESESTIMAN?
 #563328  por pepecurdele
 
mira en serio, fijate bien porque cuando la ley dice personal de direccion y vigilancia, no se refiere a los vigiladores, sino el personal jerarquico no directivo de las empresas ( ej. bancarios no corresponden horas extras desde tesorero en adelante) la jurisprudencia favorable va en ese sentido. El convenio colectivo prevalece sobre la ley cuando es mejor que ella, y si las perdes si te pueden condenar en costas epecialemente si lo haces en capital, en pcia no creo no es lo usual.
 #563333  por Dra.pi
 
POR SUERTE ES EN PROVINCIA. PERO EN EL INTERCAMBIO TELEGRAFICO, QUE LO HIZO OTRO COLEGA, PUSO Q LA JORNADA ERA DE LUNES A LUNES DE 8 A 20 HS. ES MEDIO ILOGICO Q TRABEJ LOS 7 DIAS DE LA SEMANA, NO TENDRIA VIDA. PARA CALCULARLAS, LO HAGO EN BASE A 6 DIAS O A 7?

GRACIAS!! YA SE ME FUE ACLARANDO EL PANORAMA.

EL TEMA DE LA CONDENA ES COSTAS, EN CAPITAL, COMO SE LO EXPLICAS AL CLIENTE??? TE MATA, NO? ALGUNA VEZ TE PASO?
 #563552  por pepecurdele
 
atenete a lo que dice el telegrama yo gane uno en capital en la sala VI con siete dias de trabajo a la semana esta en la base de jurisprudencia del SIJ es HASINAVER c/ SOS BUENOS AIRES S.A
 #563584  por NAOMI_NHO
 
Si, coincido, respetá lo que se puso en el telegrama y adoctriná a tu cliente y a los testigos... no es aconsejable contradicciones
 #564739  por drangelrr
 
para mi se aplica el CCT 507/07 el cual rige la actividad y es mas beneficioso para el trabajador conforme art 7 de la LCT.
Por otra parte hace unos dias salio en infobaeprofesinal que un proyecto del diputado recalde que fue votado favorablemente el cual establece la unica exclusion de los directores de empresas y pinedo el diputado del hizo que entren tambien los gerentes pero nadie mas que estos dos estarian excluidos.
Igual pienso que la norma cuando dice de vigilancia y supervision no se refiere al vigilador por ello yo le daria para adelante en base al CCT y esto ultimo.
 #564874  por Dra.pi
 
Ok, entonces lo voy a calcular en base al convenio, que es en este caso como la LCT. (8/48 hs)

Muchas gracias!
 #810369  por Carop
 
Hola Dra. Pi!!! Veo q esto es viejo.. Pero estoy trabajando en algo muy similar y me gustaría saber como te fue..
En mi caso son un grupo de vigiladores q trabajan 12 hs. y tienen generalmente solo un franco semanal.. El tema es q siguen en actividad pero quieren reclamarlo de todos modos, porq a pesar de suscesivos telegramas no hay voluntad de la empresa de pagar correctamente.
Gracias
 #1106441  por Daniel2012
 
Carop escribió:Hola Dra. Pi!!! Veo q esto es viejo.. Pero estoy trabajando en algo muy similar y me gustaría saber como te fue..
En mi caso son un grupo de vigiladores q trabajan 12 hs. y tienen generalmente solo un franco semanal.. El tema es q siguen en actividad pero quieren reclamarlo de todos modos, porq a pesar de suscesivos telegramas no hay voluntad de la empresa de pagar correctamente.
Gracias
Buen día a los colegas, tengo un cliente que ha renunciado a su trabajo de vigilador y quiere reclamar las horas extras adeudadas, ya que trabajaba de lunes a sábados 12 hs por día y sólo le pagaban algunas horas al mes. Alguien con experiencia en algo similar que me pueda orientar? Desde ya muchas gracias.