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  • Suspension de terminos

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 #555346  por boga010
 
La suspension de terminos por 20 dias que procede segun el art 157 del Cod Proc, a partir cuando rige y lo hace en dias corridos o solo habiles judiicales?
gracias
 #555659  por DrJCesar
 
Hola!
El plazo es en días hábiles judiciales, y se cuenta a partir de que las partes quedan notificadas de la resolución del juez que autoriza u ordena la suspención.
Saludos
 #566599  por boga010
 
Ahora bien, no deben presentarse copias a la hora de dejar el escrito ya que no debe correrse traslado del mismo, correcto?