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 #562606  por vanealv
 
Hola colegas! Un amigo mio y cliente saco la licencia de conducir en provincia de bs as y hace tiempo hizo el cambio en el dni a capital pero no realizo el cambio de jurisdiccion en la licencia de conducir. En unos días le vence la licencia. Yo estuve viendo la ley de transito que establece en el art. 18 que se debe solicitar otra licencia ante la nueva autoridad jurisdiccional y que la licencia caduca a los 90 días de producido el cambio no denunciado. A su vez en la pagina del gobierno de la ciudad de bs as dice que el trámite de Renovación por cambio de Jurisdicción corresponde a los casos en que la licencia de conducir fue otorgada por otros municipios y su vencimiento no supera los 90 días. Con lo cual estoy un poco confundida.
Quiciera saber si alguno de ustedes sabe si corresponde pagar una multa o hacer un examen teorico practico por no haber hecho la denuncia de cambio de jurisdicción en su momento. O si los 90 días se referiere al vencimiento de la licencia.
Si alguien me podría ayudar estaría enteramente agradecida.
Muchas gracias
Saludos
Vanesa
 #566882  por ANAMARIAP
 
Hola, mirá...yo sé de un caso parecido al tuyo. Pero el tema era que se tenía una licencia de conducir de un municipio bonaerense "x". Esta persona se mudó a otro lugar de la prov de Bs As, y cambió de domicilio. Llegado el momento en que se le vencia el registro de conducir, fue a renovarlo al registro del nuevo lugar donde cambió su domicilio. No se lo pudieron renovar porque necesitaban un "certificado de legalidad" diciendo que el registro es auténtico. Este certificado se lo otorga el municipio "x" donde vivía antes. Enterada de esto, entre una cosa y otra, se le venció nomás. Antes del mes hizo ese certificado y renovó su registro en el de su domicilio actual.
Yo creo que en tu caso, debe ser algo parecido y supongo que esos 90 días se refieren a una vez vencida la fecha para renovarlo. Lo mas útil es llamar y preguntar.
Espero te haya sido útil, un saludo, Anamaria
 #567038  por vanealv
 
Muchas gracias Anamaría!!!
Yo creo también que debe ser a los 90 días del vencimiento. Pero voy a llamar.
Si alguien tiene idea o le paso algo parecido, espero su comentario.
 #567488  por BRENDITA
 
hace 1 mes hice la charla obligatoria para el carnet de conducir y nos dijeron q cdo.se cambia de domicilio en el dni. se tiene 90 dias desde esa fecha para asentar el cambio en el carnet de conducir, no nos dijeron nada de multas,lo q sí si te paran y te piden las 2 cosas y ven q las direcciones no coinciden y pasaron los 90 dias entonces te pueden impedir conducir.