satar escribió:Hola!! Primera vez que escribo. Mi cliente tenìa una empleada domestica desde septiembre de 2009. En diciembre la empleada se accidenta en la calle, obteniendo el alta 3 días más tarde. No se presentó a trabajar hasta febrero de 2010, período en el cual mi cliente no le paga sueldo y contrata a otra. El 14 de abril le dice a mi cliente que no`podía trabajar en el horario estipulado y que si no trabjaba en el que ella quería, no iba más. La empleda no estaba registrada, trabajaba 6hs de lunes a viernes y 5 hs el sábado, con una remuneración de 900 pesos pro mes. Mi cliente envió TC luego de 3 días de inasistencia solicitando se reintegre a prestar tareas, no teniendo respuesta, 72 hs después envió CD disolviendo vínculo laboral. Ahora le llegó una Cedula de Cit a audiencia argumentando despido. Qué debo aconsejarle? Que sucede con el tiempo que no estuvo trabajando la empleada? Le corresponde sólo prop de vac y de sac? Gracias!!! Saludos!!!
causa de despido, abandono de trabajo luego de intimacion apara que se preente a atrabajar.
fecha de ingreso set 09 fecha egreso abril 2010 ? antiguedad computable 7 meses.
liquidacion
5 dias preaviso ............................... 900/ 30 x 5 ....................$ 150.-
dias trabajados mes de abril 2010? ...........................................$ xxx
vacaciones proporcionales no hay no tenia un año de ant.............. $ 0,-
integracion mes de despido no hay. $ 0,-
indemnizacion por antiguedad no hay un año de ant........................ $ 0,-
lo que no trabajo no se paga................................................... $ 0,-
accidente en la calle no se paga si no hay culpa empleadora ...............$ 0,-
no se olvido de algo? no se aplica LCT, no se aplica 24013, no se aplica 25323 , no se aplica 24557.
y ojo el preaviso tampoco se aplicaria en este caso ya que la trabajadora hizo abandono de trabajo.
Abogado, Jurisconsulto y manyapapeles. Solo los estupidos y los fanaticos estan llenos de certezas, yo por mi parte estoy lleno de dudas.