riverohome, me interesa lo que comentas. Justamente estoy con un caso, por ahora en conciliación, pero me temo que no habrá arreglo porque no se presentan todos, me están volviendo loca.
Mi tema es que el empleador es una cadena de peluquerías, que me consta que a algunas de las sucursales, incluida la que trabajaba mi clienta, les están cambiando el nombre de fantasía (o sea el nombre de la cadena original), y también el titular del comercio que figura en los tickets fiscales emitidos cuando te cobran, es decir, cuando vas a tomar un servicio de peluquería.
Por eso una de las medidas de prueba que había pensado, era librar oficio al registro de la propiedad inmueble, para ver quien era el titular registral, y a éste enviarle oficio para que informe quién es el locatario del local. Pero me topo con que a las personas físicas no se les puede librar oficio.
Pero me parece acertada tu modalidad de medida previa, enviando oficio al GCBA, podría también hacerlo con el RPI, y luego citar como testigo al propietario de los locales.
El oficio al Ministerio de Trabajo, por ejemplo que mencionas, creo que a los fines que necesito yo, no es necesario. En mi caso era una empleada registrada.
El tema de la medida previa, se propone con la demanda, y tal medida corre previo al traslado de la demanda?
Asimismo, hay prueba que quiero ofrecerla luego que me contesten la demanda, aprovenchando la oportunidad que se tiene en el fuero laboral. Planteando la medida previa, también podría proceder de ese modo, no?
Desde ya muchas gracias.
SAludos,
Es en la crisis que nace la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Quien supera la crisis se supera a sí mismo sin quedar 'superado'...