ebea escribió:Gracias por contestar.
Norma a que te referis con "si las cosas estan bien hechas solo pagarà la primera y las demas se la descontaràn cada mes de su haber jubilatorio"
Yo pienso ir con ella, me imagino que los empleados sabran como hacer las cosas. Gracias
ebea:lamento decirte que al turno para iniciar la jubilaciòn tenès que ir con la liquidaciòn hecha el tan famoso "SICAM",pensè que estabas preguntando para hacerlo vos.Cuando dije que solo se paga 1 sola cuota ,es porque si tenès algun error de calculos te lo rechazan ,lo haces de vuelta y tenes que pagar otra vez la primera cuota.
Te cuento que lamentablemente algunos empleados NO saben hacer las cosas,y tenemos que luchar continuamento con eso,lo que nos resulta bastante desgastante.
Para iniciar una liquidaciòn en el SICAM ,la persona necesita una clave fiscal que se solicita en AFIP y hacer un ADP(acreditacion de datos personales en ANSES),llevando DNI y fotocopia del mismo,y recien ahi se puede comenzar.
Si no lo haces vos ,tenès que recurrir a un profesional.
Saluditos.!
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"
P E R S O N A

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI