Me he reincorporado a la empresa luego de haber renunciado.
El período anterior que trabaje en dicho establecimiento abarcó desde el 03/2006 a 03/2007.
Y a partir del 05/2010 vuelvo a trabajar en la misma empresa.
La consulta es la siguiente: ¿que antigüedad me corresponde?
Se suma el período anterior y el nuevo o no se tiene encuenta y mi antigüedad empieza desde el 05/2010
Lo consulto por que interprete en el artículo 18 de la Ley de contrato de trabajo - Art. 18 Tiempo de servicio Cuando se concedan derechos al trabajador en función de su antigüedad, se considerará tiempo de servicio el efectivamente trabajado desde el comienzo de la vinculación, el que corresponda a los sucesivos contratos a plazo que hubieren celebrado las partes y el tiempo de servicio anterior, cuando el trabajador, cesado en el trabajo por cualquier causa, reingrese a las órdenes del mismo empleador. - que deberían reconocerme la antigüedad.
Desde ya, muchas gracias
MarceloP
El período anterior que trabaje en dicho establecimiento abarcó desde el 03/2006 a 03/2007.
Y a partir del 05/2010 vuelvo a trabajar en la misma empresa.
La consulta es la siguiente: ¿que antigüedad me corresponde?
Se suma el período anterior y el nuevo o no se tiene encuenta y mi antigüedad empieza desde el 05/2010
Lo consulto por que interprete en el artículo 18 de la Ley de contrato de trabajo - Art. 18 Tiempo de servicio Cuando se concedan derechos al trabajador en función de su antigüedad, se considerará tiempo de servicio el efectivamente trabajado desde el comienzo de la vinculación, el que corresponda a los sucesivos contratos a plazo que hubieren celebrado las partes y el tiempo de servicio anterior, cuando el trabajador, cesado en el trabajo por cualquier causa, reingrese a las órdenes del mismo empleador. - que deberían reconocerme la antigüedad.
Desde ya, muchas gracias
MarceloP
