Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SECLO-OFRECEN DINERO-SE DEJA CONST. EN EL ACTA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #571725  por Catita_1
 
Me esta pasando seguido, que la parte empleadora en la 1º audiencia me esta ofreciendo la liquidacion por despido con causa, cuando se reclama sin causa, ellos llevan su liquidacion, se van con el cheque o dinero para pagar ya, en una la conciliadora dejo constancia en el acta y otra dijo que si no lo aceptaba no quedaba constancia.
Pregunto se estila hacer esto, corresponde que quede constancia?
 #571752  por celeandre
 
Catita_1 escribió:Me esta pasando seguido, que la parte empleadora en la 1º audiencia me esta ofreciendo la liquidacion por despido con causa, cuando se reclama sin causa, ellos llevan su liquidacion, se van con el cheque o dinero para pagar ya, en una la conciliadora dejo constancia en el acta y otra dijo que si no lo aceptaba no quedaba constancia.
Pregunto se estila hacer esto, corresponde que quede constancia?
Hola Catita, no entiendo mucho tu consulta.
Ante una ruptura del vínculo laboral, se supone que el empleador debería depositar en la cuenta sueldo del empleado la liquidación final y hacer entrega del certificado de trabajo.
En caso de que no lo haga, suele pasar que en la audiencia SECLO lleven un cheque y te ofrezcan pagarlo.
Dependiendo la necesidad de tu cliente podes aceptarlo, y tomarlo como a cuenta del total reclamado.
Normalmente cuando se hace debido pago de la liquidación final, la conciliadora interviniente deja constancia en el acta. Pero no tiene obligación de dejar constancia del ofrecimiento y de tu rechazo.
Ojalá sea esto lo que consultas... la verdad es que no logré interpretar tu duda,.
Saludos
 #571774  por Romina34
 
Me parece que el planteo de catita es distinto. Entiendo que los empleadores se tiran a la pileta llevando el cheque a ver si el empleado agarra viaje. Porque si el reclamo viene por despido sin causa (donde corresponde indemnización, liquidación final y certificados) que ellos se presenten y ofrezcan una suma como despido con causa, implica que la indemnización la omiten, queriendo pagar solo la liquidación final (sac y vacaciones proporcionales y el mes trabajado).
Entendi bien? en ese caso, yo considero que no corresponde lo que hacen los empleadores, y por consiguiente si la suma ofrecida no es aceptada no debe dejarse constancia de nada en el acta. Justamente porque no hubo acuerdo, y en esos casos no se deja constancia de nada.
Sino se debería dejar constancia en el acta qu la suma ofrecida por el empleador corresponde a un caso de despido con causa, lo cual no es obtejo del reclamo.
Saludos,
 #571780  por Catita_1
 
Pido perdon por lo confuso, pero aun asi, las dos respuestas me orientaron, lo que decis Romina, es tal cual, ellos van con dinero, y juegan con la necesidad del trabajador, para colmo, en Cap, siempre hacen pasar a todas las partes, mientras que en Prov. generalmente entran los abogados 1º y luego ellos.
Lo que me interesaba mas que nada, es si me puedo oponer a que queda constancia en acta y me diste la respuesta.
Gracias celeandre y Romi *flor*
 #571790  por celeandre
 
yo me opondría al ofrecimiento y/o puesta a disposición que pudiere hacer el empleador.
Si lo que quiere abonar es un concepto diferente al reclamado (despido causado en vez de incausado), en todo caso que realice el pago utilizando los medios pertinentes: deposito en cuenta bancaria o en su defecto que lo consigne judicialmente.
Saludos.
 #571800  por doctordoctor
 
no veo el problema en dejar constancia o no del ofrecimiento / aceptacion o negacion. Cual es el problema????.
En la mayoria de mis audsiencias las partes quedan fuera. solo entran para firmar.
 #571804  por Catita_1
 
doctordoctor escribió:no veo el problema en dejar constancia o no del ofrecimiento / aceptacion o negacion. Cual es el problema????.
En la mayoria de mis audsiencias las partes quedan fuera. solo entran para firmar.
Si el reclamo es por una suma importante, y me ofrecen 1000, lo agarro, pero si vas por 5000, sin multas obio, y te ofrecen 2500, no da redactar una demanda por el resto,se entiende. Y aparte si me negaba, queria saber si me podia jugar en contra, era solo eso. En las audiencias de estos meses, me esta pasando que entramos todos juntos, sera casualidad o poco manejo practico de la situacion del conciliadro :roll:
Saludos doctordoctor.
 #572082  por guican
 
Entiendo que no se pueden dejar este tipo de constancias (violaria la cofidencialidad) solo se permiten constancias de notificaciones, personeria y detalles de la relación laboral.

Guican
 #572539  por doctordoctor
 
Catita_1 escribió:
doctordoctor escribió:no veo el problema en dejar constancia o no del ofrecimiento / aceptacion o negacion. Cual es el problema????.
En la mayoria de mis audsiencias las partes quedan fuera. solo entran para firmar.
Si el reclamo es por una suma importante, y me ofrecen 1000, lo agarro, pero si vas por 5000, sin multas obio, y te ofrecen 2500, no da redactar una demanda por el resto,se entiende. Y aparte si me negaba, queria saber si me podia jugar en contra, era solo eso. En las audiencias de estos meses, me esta pasando que entramos todos juntos, sera casualidad o poco manejo practico de la situacion del conciliadro :roll:
Saludos doctordoctor.
No no, no fue critica, en absoluto, si se entendió así...
Lo que yo me referia es dejar constancia que se ofrecio pero que no se agarró. Ahora si decidis agarrar ese dinero, no creo que de la parte contraria te lo den sin mas... ojo con la clausula "nada mas se tendra que reclamar"...
Ahora no creo que lo ofrezcan como parte de pago en un juicio futuro... Aparte que los pagos deben ser judiciales...
Asi que pienso.. pero no se me ocurre una razón "sin segundas intenciones" para que te ofrezcan dinero sin algo a cambio "y que ese algo no te sea perjudicial".

Respecto a lo que dije de los clientes fuera, fue solo mi experiencia, son 180 conciliadores asi que habra algunos que hacen pasar a todos, otros a los abogados y otros "que sin siquiera estar presente, la secretaria entrega el acta en blanco firmada por el conciliador ausente..." que me ha pasado... por supuesto que ambos abogados nos opusimos y la señorita fue despedida cuando el conciliador se enteró del bochorno... jajaj

Y lo de la confidencialidad, algunos conciliadores muy puntillosos incluyen esa clausula, si hay otras personas presentes en la audiencia las hace firmar y agregan la clausula que tales personas están presentes y que luego no podrán ventilar lo oido ahi en juicio posterior...
Si se que en la vieja ley de mediacion (no se si en la nueva) existe la norma que establece la confid. Pero en dec reglam de la mediacion laboral no se si existe esa clausula.

Saludos!!!
 #573419  por GU
 
Las audiencias laborales son confidenciales.

No estoy de acuerdo con que se consigne nada respecto a si hay o no ofrecimiento, y en relacion a que es el ofrecimiento. Entiendo que si hacen esto, es para ahorrarse eventualmente la multa de la 25323 (Art. 2) y para ello, no deben poner a disposicion el dinero en la audiencia iniciada por el trabajador, sino que debieron depositar o haber consignado.

Distinto es el caso en el que se abone la liquidacion final, sin que ello implique reconocer o desconocer los derechos que sean litigiosos. Si el trabajador acepta el dinero (no es conciliar), no veo inconveniente en que se deje constancia de ello, dejando expedita la via para aquello sobre lo que no hay acuerdo.

Salutes!
 #573428  por DAL
 
Para mi es un error grosero del abogado no aceptar ese dinero que corresponde a la liquidacion final, que el trabajador debe cobrar sí o sí y puede hacerlo sin reserva y sin riesgo a tenor del 260. Entonces me parece muy peligroso para el abogado del trabajador, que conste en actas que la empresa ofrece pagar eso y el trabajador no lo acepta. Porque el trabajador luego va con otro y dice que no pudo cobrar la plata y sonó el abogado.
Además y con el 260, no veo motivo para no recibir!! soy muy critica de los abogados que por conveniencia propia (para engrosar el reclamo) no permiten que su cliente cobre.
Por lo demás no zafa en nada, quien intenta pagar liquidación final, respecto de la 25323 que tiene que ver con indemnización y no con liquidación final.
TAl vez hoy estoy embroncada porque estoy haciendo una consignacion de un trabajador que quiere cobrar 20000 de indemnización y le corresponden 160000 y su abogado no le deja cobrar, no me viene a retirar el dinero y me cerró la cuenta sueldo, y estoy segura que luego el juez no lo va a condenar en costas en la consignación, y la que tiene que correr soy yo!!!
 #573460  por Romina34
 
DAL entiendo tu bronca!!!
Hace poco tuve una consignación de certificados porque la abogada no dejo que el empleado los retire de la conciliacion, claro de esa manera aumenta la liquidacion, y por ende los honorarios!!!
Vos me ayudaste con una duda sobre ese tema. Corri y la presente, podes creer que le dieron traslado por 10 días y nunca contestó, ayer presente el escrito pidiendo la rebeldía, me mato si encima no lo condenan en costas!!!!!!!!!!!!!!!!
Respecto del post, entendí que cuando mencionaba liquidación no se refería a la liquidación final (la que corresponde siempre, en cualquier caso) sino a una "liquidación" que ellos estimaban correspondía, de acuerdo a un despido con causa, cuando en realidad, el objeto del reclamo era un despido sin causa.
Entiendo que en ambos casos la "liquidación final" sería la misma, pero por la consulta agarré para otro lado, es decir, que el empleador hace una cuenta como le parece, la ofrece, no es aceptada porque no se ajusta a lo que se reclama, entonces, quiere dejar constancia de eso en el acta.
Al menos no entendí que la suma ofrecida sea en concepto de "liquidación final", en ese caso, sería correcto lo que mencionas.
SAludos,
 #573606  por DAL
 
Catita_1 escribió:Me esta pasando seguido, que la parte empleadora en la 1º audiencia me esta ofreciendo la liquidacion por despido con causa, cuando se reclama sin causa, ellos llevan su liquidacion, se van con el cheque o dinero para pagar ya, en una la conciliadora dejo constancia en el acta y otra dijo que si no lo aceptaba no quedaba constancia.
Pregunto se estila hacer esto, corresponde que quede constancia?
Le ofrecen la liquidación de despido con causa, o sea la "liquidación final": SAC, vacaciones con su SAC y días laborados.
 #573608  por DAL
 
Romina34 escribió: Corri y la presente, podes creer que le dieron traslado por 10 días y nunca contestó, ayer presente el escrito pidiendo la rebeldía, me mato si encima no lo condenan en costas!!!!!!!!!!!!!!!!
Los mandamos juntos al paredon!!