Estimados:
Me encuentro realizando una tesis sobre la compatibilidad del presupuesto de agotamiento de la vía administrativa en la LNPA con la Constitución Nacional y los tratados internacionales del 75.22. Como se me requiere la inclusión de entrevistas al respecto, agradecería si alguno de los visitantes tiene vocación docente o interés en la materia como para brindarme su colaboración contestando unas breves preguntas , a lo cual estaré infinitamente agradecida.
Esencialmente necesitaría su parecer sobre la compatibilidad entre el agotamiento de la vía administrativa y el acceso a la justicia garantizado por la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados en el articulo 75, inciso 22 del texto constitucional. En caso de entender que es un presupuesto inconstitucional ¿acaso la no exigencia de tal recaudo para interponer el amparo y la creación de las medidas cautelares autónomas salvan la inconstitucionalidad? ¿Se suman a voces como la de los Dres. Canosa y Bianchi que postulan que debería tratarse de una instancia opcional para el administrado?.
Apreciaré inmensamente cualquier colaboración.
Saludos Cordiales!
Me encuentro realizando una tesis sobre la compatibilidad del presupuesto de agotamiento de la vía administrativa en la LNPA con la Constitución Nacional y los tratados internacionales del 75.22. Como se me requiere la inclusión de entrevistas al respecto, agradecería si alguno de los visitantes tiene vocación docente o interés en la materia como para brindarme su colaboración contestando unas breves preguntas , a lo cual estaré infinitamente agradecida.
Esencialmente necesitaría su parecer sobre la compatibilidad entre el agotamiento de la vía administrativa y el acceso a la justicia garantizado por la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados en el articulo 75, inciso 22 del texto constitucional. En caso de entender que es un presupuesto inconstitucional ¿acaso la no exigencia de tal recaudo para interponer el amparo y la creación de las medidas cautelares autónomas salvan la inconstitucionalidad? ¿Se suman a voces como la de los Dres. Canosa y Bianchi que postulan que debería tratarse de una instancia opcional para el administrado?.
Apreciaré inmensamente cualquier colaboración.
Saludos Cordiales!