Gracias Mester, fuiste muy claro.
ya ques estamos en el hilo, si yo quiero accionar directamente en el fuero civil, por cualquier causal objetiva, 1112, 1113,1114, 1118 etc...(veo que vos manejas bien responsabilidad civil), cual es la causa penal, o mejor dicho, depende de una causa penal??.-
Máxime cuando en el fuero penal, el tipo penal, al menos requiere culpa (elemento subjetivo) y la responsabilidad objetiva, precinde de todo ello.-
De ser así, nunca lo hice.Si bien, esa fue mi sugerencia inicial respecto del explotador comercial, a mi me encanta responsabilidad civil , lo que no implica que no esté equivocada, puede que así sea, Si es así, he venido zafando...
En un daños (accidente de transito) fuí por el 1113, me concedieorn una cautelar, en virtud del los elementos existentes en el expediente civil y no hicieron referencia a la causa penal contra el conductor del vehículo (lesiones graves) que se encontraba atrincherada. Tuvieron en cuenta los testimonios y la absolucion de la demandada)
Gracias Master por tu valioso aporte.-