Hola todos, el tema es así:
Viene una sra. y me trae una ejecución de un banco por un saldo de un pagaré y el saldo deudor de cuenta corriente, todo de fecha 08/2009.-
Ahora bien, en noviembre de 2009 ella firmó con una empresa apoderada del banco un convenio de reconocimiento de deuda y pago con financiación por el saldo deudor de la cuenta corriente, el saldo impago de una tarjeta de crédito y por un saldo del prestamo personal.-
Que esta pagando regularmente todos los meses.-
Entonces, ese pagaré resulta ser el documento que firmo como garantía del crédito personal.-
La duda es: planteo que no existe deuda líquida exigible xq hubo una refinanciación que esta pagando???
Ademas opongo el pago?? o uds. ven una excepción mas específica???
Gracias.-
Viene una sra. y me trae una ejecución de un banco por un saldo de un pagaré y el saldo deudor de cuenta corriente, todo de fecha 08/2009.-
Ahora bien, en noviembre de 2009 ella firmó con una empresa apoderada del banco un convenio de reconocimiento de deuda y pago con financiación por el saldo deudor de la cuenta corriente, el saldo impago de una tarjeta de crédito y por un saldo del prestamo personal.-
Que esta pagando regularmente todos los meses.-
Entonces, ese pagaré resulta ser el documento que firmo como garantía del crédito personal.-
La duda es: planteo que no existe deuda líquida exigible xq hubo una refinanciación que esta pagando???
Ademas opongo el pago?? o uds. ven una excepción mas específica???
Gracias.-