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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #576883  por candrea
 
Les hago una consulta tome un caso ya iniciado es un divorcio 214 2 , en la demanda no se ofrecio ninguna prueba, ya se decreto la rebeldia y aun no se celebro la primer audiencia.Es un juicio ordinario, puedo presentar prueba de testigos y en que momento , me surge la duda porque el art.333 sostiene que toda la prueba debe ofrecerce con la demanada.Gracias.
 #576917  por alejandralagos
 
ofreces la prueba en la demanda o cuando se realize en auto de apertura a prueba, ratificando la ofrecida en al emanda y ofreciendo la demas. Alli es donde se abren los sfamosos cuadernos de prueba. por lo menos en mi provincia es asi.-
 #578186  por candrea
 
Hola- Alguien de capital federal me podria responder si aca es igual y si puedo sin haber ofrecido testigos en la demanda en un juicio de divorcio ofrecerlos, hasta cuando? Gracias
 #578236  por diegogvillamayor
 
lo que no ofreciste en la demanda no lo podes ofrecer en otro momento..
si la otra parte esta rebelde no te preocupes si no hay prueba xra producir pedi el dictado de sentencia.