Cuando decis ignorarlos te referis a prescribirlos? sino te van a saltar y te va a rechachar la jub. SI QUERES escribime y te mando la sit de rev.-
cami, fijate por ahi te conviene renunciar al aporte de autonomo, los de relacion de dependencia no se pueden renunciar, los de autonomo si, por ahi podes aplicar beneficios. cuidado con la compra de sdm, hay que tner en cuanta la aplicacion beneficio art. 3 te cierre, ya que comprar años mas recientes te da menos interes. es un calculo que habra que hacer para que te convenga mas, salvo que no le incluyas los intereses en la compra sdm, pero como han dicho en otros foros, es una deuda que si o si afip tendra registrada, si te los va a cobrar a futuro.....y todavia es pronto para saber. he leido q han entrado jubis sin haber puesto los intereses en formlario 102 y 575. hay que analizar bien la situacion y consultar al cliente.
un saludo, suerte y cualquier cosa que pueda ayudar, a tu servicio.