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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #578433  por alepiccione
 
Hola a todos. Mi consulta es la siguiente. un empleado de la una empresa importante de limpieza que trabajaba de barrendero fallece de un paro cardíaco en horario de trabajo, este empleado tenía unos 20 años de antiguedad, el caso es que este empleado había solicitado un cambio de actividad pero no se la concedieron, trabajaba de barrendero al aire libre y padecía de neumonía. Tenía un seguro de vida y le quieren dar a la viuda unos 6000 pesos. Algún laboralista podrá ayudarme? habrá sustancia como para intentar reclamar algo mas?
 #578454  por DraSolcito
 
Sí, la indemnización por fallecimiento. Art. 247 (o 248, nunca me acuerdo) de la LCT. Al margen del salario proporcional, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales, etc.

Si tenía seguro de vida, debería, además, cobrar el seguro de vida.
 #578552  por agentil
 
En este caso no puede reclamar la indemnización de la art? por haber fallecido en ocación del trabajo. Incluso he escuchado por ahí que barrer es una actividad peligrosa para los enfermos cardiacos, que opinan?
saludos!!!
 #578576  por alepiccione
 
Gracias por las respuestas. Moni, el pedido para realizar otra tarea fue hecho por él al delegado de la empresa pero no fue hecho por escrito. La ART le respondió a la viuda que no debe pagar NADA por que fue una muerte natural (?) a mi entender es un trabajo insalubre, no se, creo que tiene suficiente andamiaje jurídico como para reclamar.
 #579253  por MORGAN
 
Claro que la ART se va a excepcionar. Si es una enfermedad que tuvo origen o relación con el trabajo es una cuestión difícil de acreditar.
Habrá que ver si existen antecedentes documentados de licencias por enfermedad, de que tipo, la frecuencia de estas, la carga horaria, menoscabo moral -ej. por rebaja de categoría, persecución, etc.-, habrá que indagar que detalles conocen los compañeros de trabajo sobre su salud. Bien puede tratarse de una enfermedad-accidente de trabajo.