Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pensión sin afiliación y separada de hecho

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #578395  por fabidoc
 
Te diría que si te hicieron el ADP en San Isidro ya va por un tubo porque si no ni te lo hacen. Que lástima que no inicias con el domicilio de la Sra. en la misma UDAI, mi consejo sería que así lo hicieras.
Presentás el expediente bajo insistencia, de palabra o con una nota. Te reciben sin problemas las pensiones sin inscripción. Te la deniegan, le mandan la carta a la titular y desde la fecha de recepción de la denegatoria tenés 30 días hábiles administrativos para apelar a la CARSS,quien la otorga sin problemas. Yo tuve 2 resoluciones favorables y tengo 2 más en trámite. Suerte!
 #578403  por AndreaL
 
fabidoc escribió:Te diría que si te hicieron el ADP en San Isidro ya va por un tubo porque si no ni te lo hacen. Que lástima que no inicias con el domicilio de la Sra. en la misma UDAI, mi consejo sería que así lo hicieras.
Presentás el expediente bajo insistencia, de palabra o con una nota. Te reciben sin problemas las pensiones sin inscripción. Te la deniegan, le mandan la carta a la titular y desde la fecha de recepción de la denegatoria tenés 30 días hábiles administrativos para apelar a la CARSS,quien la otorga sin problemas. Yo tuve 2 resoluciones favorables y tengo 2 más en trámite. Suerte!
Fabi gracias, no hay ningún problema, puedo iniciarlo con el domicilio de ella. Decis que si o si lo tendré que presentar bajo insistencia? y entonces no menciono la res 22358, eso lo dejo para cuando presente la apelación a la CARSS.
NO llevo mas que la documentación habitual para una pensión con moratoria, y una nota por las dudas para presentar bajo insistencia. Luego a esperar. Que tiempo mas o menos demora todo el trámite???
Perdoname tantas preguntas, te recompenso con una caja de bombones??? helado??? chocolates??? alcohol???? ajajajaj
Saludos!!!! *flor*
 #578406  por marcegaleano
 
Yo tuve un caso similar y me hicieron rectificar el certificado de defuncion.
Pero como ya te hicieron el ADP, te piden 2 declaraciones testimoniales (formulario lo pedis en anses) y la declaracion del separado de hecho. Si tienen hijos en comun tambien me pidieron los certificados de nacimiento. Las testimoniales firmadas antes del turno en anses.
 #578413  por AndreaL
 
marcegaleano escribió:Yo tuve un caso similar y me hicieron rectificar el certificado de defuncion.
Pero como ya te hicieron el ADP, te piden 2 declaraciones testimoniales (formulario lo pedis en anses) y la declaracion del separado de hecho. Si tienen hijos en comun tambien me pidieron los certificados de nacimiento. Las testimoniales firmadas antes del turno en anses.
Que formulario es Marce? Tienen un hijo en común, ya de 45 años. Esto me lo pedirán cuando concurra al turno???? Gracias! Porque no nos dijeron nada de esto cuando acreditamos los datos *suerte*
 #578420  por AndreaL
 
fabidoc escribió:Te diría que si te hicieron el ADP en San Isidro ya va por un tubo porque si no ni te lo hacen. Que lástima que no inicias con el domicilio de la Sra. en la misma UDAI, mi consejo sería que así lo hicieras.
Presentás el expediente bajo insistencia, de palabra o con una nota. Te reciben sin problemas las pensiones sin inscripción. Te la deniegan, le mandan la carta a la titular y desde la fecha de recepción de la denegatoria tenés 30 días hábiles administrativos para apelar a la CARSS,quien la otorga sin problemas. Yo tuve 2 resoluciones favorables y tengo 2 más en trámite. Suerte!
Fabi, sabes cual es el formulario que menciona marce? NO me dijeron nada de testigos en el adp. Pueden solicitarme esto posteriormente???
Saludos!
 #578426  por fabidoc
 
AndreaL escribió:
fabidoc escribió:Te diría que si te hicieron el ADP en San Isidro ya va por un tubo porque si no ni te lo hacen. Que lástima que no inicias con el domicilio de la Sra. en la misma UDAI, mi consejo sería que así lo hicieras.
Presentás el expediente bajo insistencia, de palabra o con una nota. Te reciben sin problemas las pensiones sin inscripción. Te la deniegan, le mandan la carta a la titular y desde la fecha de recepción de la denegatoria tenés 30 días hábiles administrativos para apelar a la CARSS,quien la otorga sin problemas. Yo tuve 2 resoluciones favorables y tengo 2 más en trámite. Suerte!
Fabi gracias, no hay ningún problema, puedo iniciarlo con el domicilio de ella. Decis que si o si lo tendré que presentar bajo insistencia? y entonces no menciono la res 22358, eso lo dejo para cuando presente la apelación a la CARSS.
NO llevo mas que la documentación habitual para una pensión con moratoria, y una nota por las dudas para presentar bajo insistencia. Luego a esperar. Que tiempo mas o menos demora todo el trámite???
Perdoname tantas preguntas, te recompenso con una caja de bombones??? helado??? chocolates??? alcohol???? ajajajaj
Saludos!!!! *flor*
Gracias, Andre, en este foro todos me quieren engordar o alcoholizar :lol:
Si lo vas a hacer como separado de hecho, sí los formularios que se presentan en dicha pensión. Los habituales: DDJJ 17562, form.1.2.107
declaración jurada del titular separado de hecho y form. 1.2.108 declaración testimonial separación de hecho. Tené en cuenta que nunca tiene que decir que fué una separación acordada, ni consentida, nada de eso. SI la separación de hecho fue de mutuo acuerdo es igual que judicialmente: decretan culpa de ambos.
 #578546  por AndreaL
 
marcegaleano escribió:Ya los tenes que llevar completos y firmados al turno. El certificado de nacimiento del hijo tambien, sino te citan de legales para que lo lleves.
Marce, esos formularios los pido en la Udai verdad??? No puedo bajarlos de la pag de ANSES???
GRACIAS!!! *suerte*
 #578567  por fabidoc
 
Sí podés bajarlos de la página. No sé si están. Si no vas como apoderada, lo firma la Sra. en la UDAI, los form. de los testigos ya los tiene que llevar firmados, obvio.
La partida del hijo: EN San Isidro no te piden ninguna partida, menos si tiene 45 años. No viene al caso. Presenté una hace unos días.Saludos
 #578569  por celiaEsc
 
Hola: también el acta de matrimonio actualizada donde figure que están casados, eso para evitar que se presente una vieja en la cual la sentencia de divorcio no aparece, saludos
 #578570  por AndreaL
 
celiaEsc escribió:Hola: también el acta de matrimonio actualizada donde figure que están casados, eso para evitar que se presente una vieja en la cual la sentencia de divorcio no aparece, saludos
Eso lo tengo chicassss!!! en la partida de matrimonio figuran casados, en la de defuncion dice que el señor esta separado!
 #629759  por AndreaL
 
Hola a todos, quería decirles que inicié pensión sin inscripción y separada de hecho, compré por moratoria 30 años aplicando solo art 38 y exceso de edad. Me la tomaron sin problemas, en Urquiza. Presenté nota solicitando inicio bajo insistencia y pase a Legales, no me pusieron el famoso cod 500, sino que lo caratularon como pensión directa con moratoria. Gracias fabidoc, celia, marcegaleano y todos los que me orientaron en este caso tan complejo. Por lo pronto está en estado 14. Les iré contando que sucede
Saludos y graciasss!!
 #630879  por AndreaL
 
fabidoc escribió:Hola, pero tenés que ir a la CARSS? o la otorgan directo.
Hola fabi!! Aún no lo se, la iniciadora me dijo que pasaría a legales y ellos evaluarían si iría a la CARSS o no. Yo prefiero pensar que si irá. No me haré ilusiones anticipadamente jaja
Saludos!
 #786254  por AndreaL
 
Estimados amigos del foro!
Refloto este post para contarles que esta pensión tan compleja fue aprobada hoy por la CARSS!!! Quiero agradecerles a todos su ayuda y consejos especialmente a Fabidoc, Celia; Mario1943 y Alejandra01, sin su experiencia, ayuda, solidaridad no hubiera podido. ESTOY FELIZ! *cumple* *cumple* *cumple* *cumple* *cumple* *cumple*