tengo una duda: mi hermana se quiere tomar el periodo de excedencia por seis meses, pero no se si le corresponde percibir el sueldo ? alguien sabe?
Ahora cuando se le venza ese periodo puede tomarse la lic. con reserva de puesto por un año segun lo establece el art 208?
Ahora cuando se le venza ese periodo puede tomarse la lic. con reserva de puesto por un año segun lo establece el art 208?
