Hola!
Hice esta misma consulta en el foro de Laboral pero aun no he conseguido una respuesta. Disculpen que lo haga de nuevo aca.
Un trabajador puede tomarse las vacaciones de este año adelantadas junto con la licencia por vacaciones? El art 164 de la LCT al hacer referencia a la acumulación de estos conceptos hace referencia a las vacaciones acumuladas del año anterior o tb seria viable que las pidiera por anticipado? Es decir, si la fecha legal es de OCtubre a Abril, podria adelantar dichas vacaciones x ej p Agosto conjuntamente con la licencia x matrimonio?
Agardeceria sus aportes.
Saludos
Emi
Hice esta misma consulta en el foro de Laboral pero aun no he conseguido una respuesta. Disculpen que lo haga de nuevo aca.
Un trabajador puede tomarse las vacaciones de este año adelantadas junto con la licencia por vacaciones? El art 164 de la LCT al hacer referencia a la acumulación de estos conceptos hace referencia a las vacaciones acumuladas del año anterior o tb seria viable que las pidiera por anticipado? Es decir, si la fecha legal es de OCtubre a Abril, podria adelantar dichas vacaciones x ej p Agosto conjuntamente con la licencia x matrimonio?
Agardeceria sus aportes.
Saludos
Emi