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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #580763  por gabriela78
 
Estimados colegas le paso a contar el caso que me llegó ayer, tengo un cliente que tiene 17 años y a los 16 empezo a trabajar en negro obviamente en una empresa de instalacones de aire acondicionado, lo han despedido y quiero hacerle el reclamo, el tema es que pongo en el tcl? ante negativa de tareas intimo plazo legal ... alclare situacion laboral... ahora bien mi duda resulta cuando tengo que denunciar la relacion laboral a los efectos de la registracion para reclamar las multas de la ley de empleo, puedo intimar a la registracion cuando no tiene la edad laborable aun? alguien me puede guiar en que puedo reclamar, les cuento que a su vez en dic. del año pasado sufrio un accid. laborla y se quemo la mano con gas refrigerante x lo que hasta la fecha no tiene sencibilidad en dos de sus dedos, obviamente el empleador no le dio ni para los remedios y se atendio en hospital publico, y no le pagó los dias que faltó, puedo reclamar tambiene ésto? y otra cosa, el menor fue papa hace 5 meses influye en algo?, seguro que les parecerá tonto lo que pregunto pero me surgieron estas dudas y estoy en pampa y las vias, si alguien me ayuda se los agradeceré, saludos.-
 #581292  por pepecurdele
 
que yo sepa la edad laborable comienza a los 14 años, si no hubo alguna modificacion en este ultimo tiempo de grandes cambios
en materia laboral, asi que si hacelo desde que trabaja. Ademas si eventualmente estuviera prohibido no afecta los derechos del trabajador.
Recomendacion, no menciones negativa de tareas, ya que ultimamente algunos juzgados en las relaciones laborales en negro, toman la negativa de tareas como manifestacion de la patronal de distracto y con ello te consideran extemporanea la intimacion de la ley 24013, aunque hay negativa de tareas mejor intima solo a la inscripcion y despues vas viendo lo que pasa con el intercambio telegrafico.
 #581307  por CharlyRC
 
Sólo agrego lo siguiente:
No dejes pasar lo del accidente laboral, reclamalo en el telegrama con fecha y hora del siniestro.
Las asignaciones familiares NO SON REMUNERATORIAS, por lo tanto no se tienen en cuenta para liquidar aguinaldos, vacaciones, indemnizaciones, etc.
Saludos
 #581376  por DraSolcito
 
Agrego que sí hubo una reforma el año pasado que subió la edad mínima a 16 aunque durante el primer año era 15. Creo que fue en mayo, así que a partir de ahora estaríamos en 16, pero en tu caso en particular, entiendo que la reforma no afectaría.

Por otra parte, si bien las asignaciones son no remunerativas y no te sirven para el cálculo de indemnizaciones, entiendo que sí podrías reclamar el monto de las asignaciones.

Y de paso, reclamá aguinaldos, vacaciones, días de enfermedad, etc. por todo el período no prescripto.
 #581553  por DAL
 
En el accidente se presume la culpa del empleador practicamente sin admitir prueba en contrario. Si empezó a los 16 era plenamente mayor a los fines laborales y puede hacer juicio sin autorización de los padres.
 #582714  por gabriela78
 
gracias a todos por la respuesta, ya confeccione los tcl, denuncie el siniestro e intime al empleador por la resgistracion y los adeudado en concepto de vacaciones y aguinaldos, el problema que me surje ahora es q mi cliente no tinen documentos, se los robaron hace un mes y ya lo fue a tramitar, lo mande al cooreo con la constacia de dni y partida de nac. pero no creo q se lo tomen por lo q debere esperar a la entrega de dni, alguien sabe como puede enviar el tcl sin el dni?