Hola a todos, tengo una inquietud que me dejo un cliente y quisiera saber si alguno de uds. (gente tan amable) maneja alguna información al respecto. El tema es este: es cierto que mediante algun tipo de normativa y/o resolución se establecio en los últimos días la devolución de los fondos que una persona fallecida tiene depositados en una AFJP? Mi cliente esta tramitando la pensión directa de su cónyuge quien fallecio en actividad. Al fallecimiento tenia depositados en una AFJP como $2000. La pension tengo que iniciarla en Anses como aportante irregular con derecho porque tiene aportes como monotributista pero esos fondos (afjp) quedaban retenidos alli por no estar reglamentada su devolución. Esto es asi?? o realmente fue modificado?? Por favor cualquier opinion es muy valida.