Mi cliente es un empleador al que le llega un oficio para tomar razon de un embargo en los haberes de un empleado, la situacion es que el emplado conforme la modalidad de trabajo no gana el minimo vital y móvil, sino mucho menos porque labora solo un dia a la semana.
Como abogado del empleador me corresponde informar esto al juzgado o directamente proceder con el embargo y que el empleado haga el reclamo judicial pertinente???
Como abogado del empleador me corresponde informar esto al juzgado o directamente proceder con el embargo y que el empleado haga el reclamo judicial pertinente???