Pregunta, una clienta de 82 años, la atropella un auto, le provaca un corte en la cabeza, yo quiero hacer el reclamo en la compañia de seguros, si o si es necesario que me otorgue un poder general Judicial para representarla? , en la actualida y debido al accidente la Sra. esta nuevamente en el hospital, no tiene herederos en caso de fallecer, con dicho poder yo puedo cobrar su cheque en el momento que me lo paguen??, tiene una vecina que esta encima de la Sra. y quiere que el poder se lo entreguen a ella y que yo la patrocine, entiendo que al no ser heredera de la Viejita esto no puede funcionar no?, por favor denme alguna respuesta gracias
El poder la viejita se lo puede dar a q uien quiera, a vos como abogada o a su vecina, que será un poder especial o general según quiera.
Ahora si estamos hablando de lo que me parece que te interesa, consegui que la viejita te deje todo bajo testamento, aunque sea olografito
Un saludo, Anamaria