Hola foristas!
Apelé honorairos por ALTOS (sin fundar) el Juez dispuso:
"Concédese el recurso de apelación interpuesto contra la regulación de honorarios de fs. xxx, por ALTOS (artículo 244 del Código Procesal).-
Oportunamente, de estar en condiciones, elévense los autos al Superior en la forma de estilo."
Es mi premera apelación!
Me podrían decir como sigo con esto? En qué momento tengo que apelar? En el juzgado, dentro de los 5 días desde que concedieron la apelación o una vez que sea elevado a Cámara?
Gracias!!!
Apelé honorairos por ALTOS (sin fundar) el Juez dispuso:
"Concédese el recurso de apelación interpuesto contra la regulación de honorarios de fs. xxx, por ALTOS (artículo 244 del Código Procesal).-
Oportunamente, de estar en condiciones, elévense los autos al Superior en la forma de estilo."
Es mi premera apelación!
Me podrían decir como sigo con esto? En qué momento tengo que apelar? En el juzgado, dentro de los 5 días desde que concedieron la apelación o una vez que sea elevado a Cámara?
Gracias!!!