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  • falta de mérito, qué hacer

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 #591110  por jeanvaljean02
 
Pregunto antes de que pase...si el juez declara la falta de mérito en la instucción, ¿qué hago?, yo pensaba esperar que pasen los 4 meses de instrucción que marca el CPP y si no hay nada nuevo pedir el sobreseimiento , está bien?
Gracias
JV
 #591149  por Pandilla
 
Pues, ¿tendría que solicitar el sobreseimiento...?, o, como Usted pensó, hacerlo ahora y reiterarla en un par de meses. Ahora, ¿cuál es el fundamento de la Falta de Mérito...?
Igual, espere otras opiniones más expertas que la mia.

Saludos.
 #591312  por feragus
 
El sobreseimiento tiene que ser por alguna de las causales previstas.
El cumplimiento del plazo de 4 meses previsto para la duración de la instrucción (prorrogable) no puede ser fundamento para pedir un sobreseimiento.
El plazo es de tipo ordenatorio y no perentorio.
En todo caso, llegado el momento, si la causa se extiende por mucho tiempo más y no avanza, en tanto queda estancada en la falta de mérito, podría plantearse la prescripción por violación a la duración razonable del proceso (doctrina de la CSJN que no encuentra fundamento en el Código Penal, sino en los Tratados Internacionales como la CADH o el PIDCyP).
 #591332  por N A T A L I A
 
Además de alegar el tema del plazo razonable, que está establecido en Tratados Internacionales, y no establecido en el CPPN (pero en ningún lado dice cuál es el plazo), podés esperar un tiempo, no necesariamente los cuatro meses que establece el CPPN, ya que tal como indica Feragus, no es perentorio, y podés alegar que pasó el tiempo, sin que se establezca movimiento alguno en la causa. No habiendo nuevas prubas de cargo (que es lo que generalmente pasa, cuando el delito no es muy "importante") y si podés conseguir pruebas de descargo y aportarlas en la causa, y con estos elementos podés pedir el sobreseimiento.

Saludos!
 #591338  por jeanvaljean02
 
el tema es que mi defendido se quiere ir a vivir a otra ciudad, si le declaran la falta de mérito, ¿podrá cambiar de domicilio?, tiene eximición de prisión bajo caución juratoria
 #591343  por N A T A L I A
 
jeanvaljean02 escribió:el tema es que mi defendido se quiere ir a vivir a otra ciudad, si le declaran la falta de mérito, ¿podrá cambiar de domicilio?, tiene eximición de prisión bajo caución juratoria
Entiendo que mientras aporte el domicilio en el juzgado no va a tener problemas.
Mientras se mantenga a derecho, no tendría porque haber inconvenientes.
Creo que toda apreciación en contrario sería una afectación al principio de inocencia.

Saludos!
 #591383  por feragus
 
Por supuesto que puede cambiar de domicilio. En la medida en que lo aporte al juzgado y se presente a cada citación que le cursen no va a tener problemas.