A ver si me pueden ayudar: tengo una cliente que es maestra, en el año 2007 tuvo un esguince en el tobillo saliendo del trabajo, se atendio por ART PROVINCIA y estuvo 1 año sin trabajar porq hubo tratamiento y rehabilitacion porq se le complico un poco el tobillo y la tenian q operar, pero el transcurso del tiempo hizo q yano fuera conveniente la intervencion, porq su deformacion ya no se puede corregir. El año pasado 2009, la ART le negó la atención en una prestadora donde mi cliente se atendía, porq aducian que estaba pendiente una auditoría sobre su tema... En abril de este año la ART le da el alta, sin determinar % ni abonar $$$, porq dicen que no hubo disminucion alguna, pero el pie ya no tiene la misma movilidad, y un poco le duele, y sin masajes no puede estar mi cliente... Mi pregunta es si puedo llevar el caso al seclo porq mi cliente no percibió remuneracion desde abril a julio de 2010 y citar solo a la ART, porq el empleador es una escuela publica de PBA...
-dhabogada-