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  • ayuda urg EMPLEADA DOMESTICA EXCEPCION LEGITIMACION PASIVA

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 #595639  por Dra_Nieva
 
HOLA ESTIMADOS COLEGAS

Tengo una clienta que estamos en juicio ante el tribunal domestico, ella trabajo 18 años los primeros 10 años los trabajo para los padres, estos fallecieron, luego uno de los hijos se separa y va vivir a la casa de sus padres, todavia estan vivos y posteriormente fallecen y mi clienta sigue trabajando para ellos, hasta que la despiden.
ellos me plantean la excepcion de falta de legitimacion pasiva, ya que reconocen pero no todos los años ya que aducen que antes los empleadores eran sus padres por lo que se debe demandar a los sucesores universales.
Lo que yo pensaba es contestar aduciendo que como el fue su empleador no correspondia dicha excepcion ademas que el es un sucesor universal y continuo la relacion laboral, sin oponerse. Pero que mas puedo decir que opinan uds??
o deberia ampliar demanda contra los sucesores universales ademas??? que seria lo mejor??
aguardo sus sabios comentarios y muchas gracias por tomarse el trabajo de leer mi post.
saludos y gracias!!!!
 #596816  por Gyzella
 
Hola! Mira en mi ciudad no existe el tribunal domestico, pero a modo simplemente de ayudin te digo:
Hay un articulo del CC que dice que el acreedor puede demandar a cualquiera de sus deudores para que le paguen sus creditos, nadie lo obliga a demandar a todos bajo pena de nada, si los demandados estan tan seguros de su legitimacion pasiva que los citen ellos, no es asunto tuyo. Que pague quien quiera y despues repita. Para que existe entonces el derecho de repeticion??
Otro tema la LCT dice que todo el tiempo que una persona pone su fuerza de trabajo para su empleador es tiempo de servicio, asi que para mi hay continuidad laboral, fundamentalmente si coincide el mismo espacio fisico y la misma familia.
En este caso el contrato de trabajo no se extinguio por muerte de la empleadora. Fijate la LCT, poque por mas que no se aplique en servicio domestico, podrias eventualmente plantear la inconstitucionalidad del mismo por discriminar tal actividad.
Espero te sirva en algo mi pequeño aporte. bs