Yo creo que tenes que ver el ultimo domicilio del causante, que no siempre es donde fallece. En un caso que me toco a mi, el causante había muerto en el extranjero, pero yo inicié la declaratoria en Argentina alegando que su ultimo domicilio era acá y que el fallecimiento en el extranjero sucedió en ocasión de una visita a un familiar (viaje de turismo) y el Tribunal me hizo hacer una suamaria informativa (como incidente dentro del principal: declaratoria) a fin de acreditar el último domicilio en el país ( lo cual acredite con cinco testigos y documental). Fijate si en la documentación (DNI, Pasaporte, Crnet, etc) del causante figura como domicilio Argentina, todo eso es útil como prueba a fin de abrir la declaratoria.- Quizás el Tribunal, ni te pida la sumaria.-
Y si no tenes ninguna contraparte que se te oponga, yo creo que no vas a tener problemas.-
Además creo que justamente de acuerdo a lo dispuesto por el art. 10 del C.C. también corresponderá al momento de abrir el sucesorio la aplicación del derecho argentino, por estar el inmueble en este pais.
Creo que lo único que te delata ante el Tribunal es el acta de defunción que como esta hecha en Australia, te complica el tema, por que seguramente tendrás que legalizarla y traducirla.
Saludos.-