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  • SURGIO ALGO NUEVO EN UN CASO DESPIDO -ENFERMEDAD -AYUDA!!

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 #57744  por MARINAC
 
Yo les habia comentado en otro mensaje , y me contestaron ya, gracias por eso ! que tengo un cliente que lo despuidieron sin causa la semana pasada , y tenia la idea de que vaya a cobrar lo que le corresponde y despues tranquilo, iniciar acciones por una efermedad laboral que tiene ( herniA de disco). PERO SURGIO ALGO NUEVO...Resulta que la empresa le quiere pagar la indemnizacion final en cuotas !! Ende, quiere hacerlo firmar convenio en Ministerio de Trabajo de Provincia . Yo ya le aconseje que no firme ningun convenio , que ahora no queda otra que reclamar que le paguen todo junto la liquidacion y la enfermedad , ( Todo esto, por la famosa clausula : que no puede reclamar mas nada proveniente de la relacion laboral ) . Pero el insiste ... quiere firmar el Convenio y encima quiere que lo acompañe yo... Mas en el horno si firmo yo ... despues que alego ? Esa clausula va a estar si o si , no se las voy a poder hacer sacar.

Por su experiencia , si el firma un convenio que seguro esta la famosa clausula ... ¿ Puede reclamar ewnfermedad que YA DENUNCIO QUE TENIA ? , ni siquiera estamos hablando que se puede alegar que tuvo conocimiento despues ?

AYUDA POR FAVOR ... !!!

 #57874  por Sailaw
 
Creo que primero se debería efectuar la gestión ante la aseguradora de riesgos del trabajo, y de todas maneras al firmar el convenio con la famosa clausula hacer reserva del reclamo en tal concepto en caso que al ART desestime la solicitudo o se hagan los osos como acostumbran

 #58092  por MARINAC
 
Mil gracias .

 #58394  por MARINAC
 
Hola , Alguien sabe si firmado un acuerdo en Ministerio de Provincia sobre DESPIDO , ( NO Mutuo acuerdo ) en el que le pagan liquidacion final, pero obviamente va a estarla frase" que no puede reclamar mas nada de la relacion laboral que los une " , puede luego reclamar accion civil por enfermedad. Esto es en Provincia de Buenos Aires .

Mil gracias !

 #58417  por DAL
 
NO te puedo decir sobre Buenos Aires pero en Santa Fe no es materia transable la cuestion de enfermedad.
En el convenio lo máximo que podemos poner es que se hará los examenes en tal lugar, tal día y que si no se los hace la empresa reputa que se retira en iguales condiciones del ingreso. Una vez puse que el empleado manifestaba no haber sufrido ningun accidente ( de acuerdo con su abogado por supuesto) y me lo hizo testar el juez si no no me lo firmaba.

TAmbien tengo entendido que se transa solo lo reclamado en el convenio, es decir que fulano dice que le corresponde tal cosa, tal cosa y tal otra y el empleador niega pero ofrece tal otra. En este esquema se transa solo lo que se nombró como reclamo y no lo que no se nombró. Es decir que así si nada se dice del estado de salud, queda afuera de la transacción. Yo por las dudas pongo TODO lo que el empleado reclama y podría llegar a reclamar, total igual lo niego.

Respecto a los convenios anulados que vi (anulados en sede judicial) eran todos de buenos aires y de sedes administrativas (ministerio, seclo) y todos tenían que ver con cosas dejadas afuera (no nombradas en el convenio) Incluso hay uno que asusta a cualquiera de una persona que antes de firmar pasa por una escribanía y dice que va a firmar solo porque le hace falta el dinero y esa es la unica forma pero que si no no firmaba. Y luego inicia el juicio, presentando esa manifestación. Es una "reserva mental" mortal pero igual se lo anularon, lo que no recuerdo fue que era la diferencia que reclamaba.
Tal vez alguien lo tenga.

A mi me parece muy arriesgado firmar confiando en que despues se puede seguir reclamando. Es una decisión muy personal del empleado que tiene que saber que despues tal vez lo pueda arreglar y tal vez gane el juicio y tal vez pierda.
Tambien te digo que no es nada conveniente cobrar una indemnización en 12 cuotas!!! Yo por ese lado solo ya no firmaría, salvo que la indemnización sea importante. Yo considero que el trabajador no es una financiera. Con los creditos por todos lados yo le diría a la empresa que saque un prestamo y le pague al banco en cuotas.
Pero nuevamente, esto es decisión de tu cliente y asesoramiento tuyo en materia de con quien estas tratando. Tene en cuenta que si no pueden sacar un prestamo para pagar la indemnización, es porque estan fuera del sistema (por estar en negro o por estar endeudados). En estos casos yo no le daría mucho credito ni me confiaría en un juicio al futuro.
Dificil lo tuyo!!!!

 #59945  por MARINAC
 
Muchas gracias Sailaw y Dal por las respuestas !!!!

Marina -