Buenas tardes a todos, es mi primer consulta en el foro.
Una persona renuncio a su trabajo hace dos meses ya, aun no le entregaron los certificados q preve el art. 80 lct. suponemos por la falta de ingreso de los aportes.
El viernes enviamos por tcl una intimacion para q haga entrega de los mismos en 2 dias habiles bajo apercibimiento de ley.
Si no responden durante el dia de hoy debo iniciar el seclo, la consulta es como calculo el monto del reclamo?
procederian las multas del 43 y 45 de la 25345? en este caso serian 5 sueldos aprox? es asi?
Y en el seclo, habria q firmar un acuerdo con fecha de pago de las mismas y de entrega de los certificados no?
Espero respuestas, muchas gracias, es dificil comenzar!!!!!
Una persona renuncio a su trabajo hace dos meses ya, aun no le entregaron los certificados q preve el art. 80 lct. suponemos por la falta de ingreso de los aportes.
El viernes enviamos por tcl una intimacion para q haga entrega de los mismos en 2 dias habiles bajo apercibimiento de ley.
Si no responden durante el dia de hoy debo iniciar el seclo, la consulta es como calculo el monto del reclamo?
procederian las multas del 43 y 45 de la 25345? en este caso serian 5 sueldos aprox? es asi?
Y en el seclo, habria q firmar un acuerdo con fecha de pago de las mismas y de entrega de los certificados no?
Espero respuestas, muchas gracias, es dificil comenzar!!!!!
