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  • RESOLUCION 555/2010 VIGENTE !!!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #603990  por varelamariac
 
yo entiendo que sigue todo como antes hasta el 9/1993.
Hay que pone si o si el alta al número de cuenta , respetar la situac de revista , lo que no me queda claro es si se puede cambiar las categorias si estaba anotado.
Y la ultima pregunta porque YA NO PUEDO MÁS CON TANTO CAMBIO ME VA A ESTALLAR LA CABEZA!!!!!!!!!!!!!!,
Para comprar después del 09/1993 tiene que estar anotado??ya sea para autonomo o monotributo???????.
 #603999  por tincho23
 
Esperemos que sea asi como vos decis Ceci, yo entiendo otra cosa con esta resolucion. Y en la UDAI donde yo presento los tramites los mandan a un curso la semana que viene para ver esta circular y les dan la tarea de hacer ellos todo lo de autonomos ( SICAM), que por suerte no lo venian haciendo, lo cual generaba trabajo para los colegas.
veremos que pasa
sino a seguir con los juicios laborales, civiles y alguna sucesion que anda dando vueltas.
 #604107  por fersant
 
Justo mañana tengo un turno de sra. autónoma y monotributista. Y pagó algunos períodos de mt que debía.
Después les cuento como fué.
 #604108  por cleofa
 
Ay foristas... hoy presente un tramite jubilatorio y cruce los dedos para que no saliera la 555 ... y vino para atras porque se superponen años en relacion de dependencia con autonomos... y al no reunir la totalidad de los 30 años tenes que optar por uno o por otro... o sea ... ahora a esperar que dice la bendita 555 y como la van a aplicar!!
 #604150  por ale_7500
 
varelamariac escribió:yo entiendo que sigue todo como antes hasta el 9/1993.
Hay que pone si o si el alta al número de cuenta , respetar la situac de revista , lo que no me queda claro es si se puede cambiar las categorias si estaba anotado.
Y la ultima pregunta porque YA NO PUEDO MÁS CON TANTO CAMBIO ME VA A ESTALLAR LA CABEZA!!!!!!!!!!!!!!,
Para comprar después del 09/1993 tiene que estar anotado??ya sea para autonomo o monotributo???????.
Para mi después de 09.93 todo según la realidad, o, ir a la AFIP y tramitar con el 460 una inscripción retractiva.
Para antes de 09.93: me quedan dudas con la 592
 #604189  por tincho23
 
PARA MI QUE DESPUES DE ESTO AMPLIAN LA MORATORIA HASTA 12/2009. SINO NO SE JUBILA NADIE.....
QUIZAS PASA COMO EN EL 2003.
RECIEN HABLE CON UN DIRECTOR REGIONAL DE ANSES Y ME DIJO QUE EN PRINCIPIO ES PARA VER SI PUEDEN FINANCIAR EL 82% MOVIL, SINO LLEGAN Y VETAN LA LEY PUEDEN LLEGAR A AMPLIAR LA MORATORIA.
COMO YO LES CREO POCO A LOS POLITICOS, SIGO ENVIANDO PLANES POR LAS DUDAS
 #604200  por wilo
 
celiaEsc escribió:Es cierto, a partir de esta resolución, habrá más sucesiones ¡¡ jaja
Si, sobre todo las de los que hacemos previsional. Nos vamos a infartar tanto cambio. Yo ya tengo sourmenage (o como se escriba) y todavía estoy en pañales con la 555!!!
 #604208  por wilo
 
tincho23 escribió:lean el punto II del anexo OBJETIVO: Real prestacion de los servicios autonomos.
Para mi el que nunca se inscribio no se va a poder jubilar, salvo que salga uina circular aclarando un poco el panorama.
NO pude ver todavia actividades no reguladas, qeu me dijo CEci que mire ahi
En mi ignorancia opino como tincho. Además si se modifica la actividad entiendo que habrá que probarla. No se, quizá estoy desvariando...
 #604215  por Lucas010
 
es obvio que el gobierno esta cerrando canillas, perdio los superpoderes, no tiene como financiar todo esto.
Ahora la pregunta es, todo esto es constitucional?
 #604219  por juprevi
 
ale_7500 escribió:
varelamariac escribió:yo entiendo que sigue todo como antes hasta el 9/1993.
Hay que pone si o si el alta al número de cuenta , respetar la situac de revista , lo que no me queda claro es si se puede cambiar las categorias si estaba anotado.
Y la ultima pregunta porque YA NO PUEDO MÁS CON TANTO CAMBIO ME VA A ESTALLAR LA CABEZA!!!!!!!!!!!!!!,
Para comprar después del 09/1993 tiene que estar anotado??ya sea para autonomo o monotributo???????.
Para mi después de 09.93 todo según la realidad, o, ir a la AFIP y tramitar con el 460 una inscripción retractiva.
Para antes de 09.93: me quedan dudas con la 592
coincido con vos ale,con respecto a la 579,no se puede "jugar" mas, a buen entendedor pocas palabras
 #604221  por mbe
 
tengo una duda gigante: Hoy me rechazaron en anses un turno por faltarle un mes de aportes, era justo un caso con monotributo extemporáneo. Me quise morir cuando lei que entra en vigencia mañana la nueva resolución. La pregunta es la siguiente, yo hoy pedí un nuevo turno y fui en seguida a pagar un mes mas de monotributo. En estos casos, qué toman en cuenta para determinar la ley aplicable? la fecha de solicitud del turno o la fecha de la liquidación? yo se que es medio apresurada la pregunta, pero mi duda es cómo se hizo en casos similares, por ejemplo con la nueva normativa de servicio doméstico por SICAM. Espero haber sido clara. Gracias
 #604238  por ale_7500
 
Hiciste la pregunta del millón!!!!!!
Qué establece derecho adquirido: la fecha de envío del sicam siemrpe que el turno sea dentro de los 45 días (por el tema de la fecha inicial de pagos) o la fecha de pedido de turno?
 #604243  por tincho23
 
yo publique mi experiencia hace como 15 dias.
con servicio domestico pague todo antes de la nueva normativa, pedi el turno antes de la vigencia y me lo rechazaron sin pedirme ni empleador ni nada. Solo por no cumplir los requisitos de la circular que regia a partir del 05/04/2010. ahora tengo que recurrir a la CARSS, diciendo cualquier verdura para ver si me dan bolilla y asi mi clienta para de llorar por los 2500 pesos que se perdio.
Ahora cuando salio en 10/2006 que se restringia moratoria para pensionadas, yo envie todo el dia que se publico y entraron todas. LAs de un dia desp no entraron.
Por eso insisto enviar todo hoy, despues se ve si se paga o se pide turno.
porque el turno es obvio que no te la dan para hoy
 #604279  por celiaEsc
 
MBE: Si te denegaron hoy y liquidaste hoy, todo se retrotrae a la fecha de hoy, y no entra la resolución que rige desde mañana. saludos
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