Es asi colegas tengo un caso recien llegado cuyo despido data de julio de 2008 la pregunta es los dos años son corridos o dias habiles?? porque si esa si aun tendria una semana cierto? y de todas maneras podria aplicar el 3986 del ccivil q interrumpe ´por un año con la sola constitucion en mora?? por favor es urgente!!! gracias
EL HOMBRE LLORA AL NACER PORQUE SABE QUE HA VENIDO A VIVIR A ESTE GRAN ESCENARIO DE LOCOS.- SHAKESPEARE.-
