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  • RESOLUCION 555/2010 VIGENTE !!!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #604283  por Lucas010
 
segun tengo entendido, en tema de PROBATORIA, no existe el derecho adquirido, por que solo se trata de probar algo. Lo mismo ocurrió con el servicio domestico, y tal es así, que aplicaron hasta los casos que ya se habían ingresado. Para mi, van a aplicar esta probatoria a todos los casos, aun a los que no estén acordados.
 #604310  por celiaEsc
 
Eso mismo creo, desgraciadamente, la probatoria es facultativa de ANSES, y hacen lo que quieren. Igual se puede reclamar... Pero teniendo conciencia de cómo es la realidad... saludos
 #604312  por yami
 
hoy estuve en afip, preguntando por el famoso cartel en rojo que sale en datos personales, y el que me atendio me dice: ahh si me entere que no se van a poder jubilar los que no estaban inscriptos....nada mas!!!!
 #604324  por ale_7500
 
Sres:
Los derechos adquiridos no son "privativos de Anses" "la probatoria no da derechos adquiridos"......sino que tienen raigambre constitucional.
Es decir que, la normativa -cualquiera sea- establece requisitos para acceder a un derecho "x" si yo cumplo con todos los requisitos que una "X" normativa me exige mientra la misma está vigente, adquirí el derecho sin importar los cambios legislativos que vengan después.....

O sea, a no resignarse y "abogar" en derecho. Si nos resignamos el Anses (y cualquier organismos estatal) hace uso arbitrario de su poder.

Estoy segura que Anses sacará 100000 circulares aclaratorias, pero si nosotros aceptamos "mansamente" lo que nos dicen no lo van a hacer. Lo mismo pasó con sdm, que si tal circular estaba vigente al turno, a la fecha de sicam, hay que ingresar los exptes si o si con nota de descargo y si deniegan ir a la carss, hacer sicam nuevo es perder derecho.

Ahora con los casos nuevos....esa es otra historia!!!!
 #604412  por mmendoza
 
Entonces qe aconsejan...que enviemos todo lo q se pueda hoy??? igual las que tienen que pagar servicio domestico ya no las podemos enviar porque la liquidacion no va a dar 0...
Que pasara con todos estos cambios..podremos seguir jubilando a aquellas personas q no tengan inscripcion..se podra comprar servicio domestico???
yo pregunte en afip y me dijeron q iba a entrar en vigencia en octubre...ahora leo que entra mañana no se para donde salir corriendo.
el personal de afip no sabia todavia como se iba a instrumentar es mas estaban leyendo la resolucuon para tratar de interpretarla.
bueno, espero q pronto se nos despeje es panorama.
sdosl
 #604512  por tincho_20
 
mmendoza escribió:Entonces qe aconsejan...que enviemos todo lo q se pueda hoy??? igual las que tienen que pagar servicio domestico ya no las podemos enviar porque la liquidacion no va a dar 0...
Que pasara con todos estos cambios..podremos seguir jubilando a aquellas personas q no tengan inscripcion..se podra comprar servicio domestico???
yo pregunte en afip y me dijeron q iba a entrar en vigencia en octubre...ahora leo que entra mañana no se para donde salir corriendo.
el personal de afip no sabia todavia como se iba a instrumentar es mas estaban leyendo la resolucuon para tratar de interpretarla.
bueno, espero q pronto se nos despeje es panorama.
sdosl
lo de SDM con deuda 0 empezaba a regir en octubre.
 #604522  por tincho_20
 
En fin por lo q entiendo..
No va mas monotributo sin inscripcion. Esto se sabia q en cualquier momento iba a terminar.
Si tiene inscripcion si o si realizar el alta de los pagos con el 460/ para q figuren en sicam.
Despues de 1993 Hay q respetar categorias si o si (Pero si no estan pagos o arrojan deuda se puede preescrbir o renunciar = q antes)
del 01/1955 al 09/1993 podemos cambiarle la categoria porq entraria en moratoria...
No creo que sea tan grave.
 #604523  por layeya
 
tincho_20 escribió:En fin por lo q entiendo..
No va mas monotributo sin inscripcion. Esto se sabia q en cualquier momento iba a terminar.
Si tiene inscripcion si o si realizar el alta de los pagos con el 460/ para q figuren en sicam.
Despues de 1993 Hay q respetar categorias si o si (Pero si no estan pagos o arrojan deuda se puede preescrbir o renunciar = q antes)
del 01/1955 al 09/1993 podemos cambiarle la categoria porq entraria en moratoria...
No creo que sea tan grave.
Y con servicio doméstico, como seguiría la cosa??? no me queda claro y no puedo descargar el anexo de la 555. El lunes pagué y recién pedí el turno, estoy al borde de un ataque de nervios!!
 #604594  por yami
 
hasta que aclaremos todo este panorama...van a pasar muchos muchos dias...porque en principio esta lo del informe en datos personales, despues que en octubre no se permitira mas sin deuda cero (entonces uno interpreta que los servicios domesticos pueden ser como hasta ahora) hoy presente en san justo un sdm con los pagos que salieron en 575 (abone aparte intereses de interes) y entro todo sin problemas,,,a pesar que a la persona le figuraba el cartel rojo en datos personales...no se que puede pasar mas adelante, saludos...
 #604672  por nat08
 
BUEN DIA! TENGO UNA SDM QUE LE FALTABAN 14 MESES Y SE LOS HICE PAGAR ENTRE AÑO 2009 Y 2010 PARA PAGAR POCO INTERES. AHORA CUANDO CORROBORO LOS PAGOS EN EL SICAM PARA YA ENVIARLO ME APARECEN 4 MESES DEL AÑO 2000 COMO SDM PAGOS HACE 2 AÑOS DE LOS CUALES LA SRA. NO TIENE COMPROBANTES (HACE 2 AÑOS PAGÓ CUANDO IBA ATRAMITAR JUBILACION PERO NO TENÍA TANTO DINERO PARA SEGUIR PAGANDO). LA PREGUNTA ES SI A ESOS PAGOS DE SDM DEL AÑO 2000 LOS CARGO EN EL SICAM Y LOS PUEDO PREESCRIBIR??? SON DESDE 04/2000 A 08/2000. DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
 #604696  por fito657
 
Hoy me dijeron en una udai que a partir de septiembre moratoria solo con inscripción previa y a partir de ahí. Esto es para matarse.
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