Estimados foristas, quisiera que alguien me pueda ayudar, y me aclare un pco las dudas:
1. El actor presentó liquidación, que impugné, siN embargo el juzgado la aprobó, como no estoy de acuerdo con los fundamentos en tanto no tuvo en cuenta algunas cuestiones, presenté dentro de los 3 ds. y en el mismo escrtio, apelación con expresión de agravios, dejando en claro la afectación de la defensa en juicio.
Tardaron en sacar la providencia, que dice notifíquese, con lo cual estoy esperando la cédula, y dice que la resolución es inapelable por no estar dentro de los supuestos del art. 109LO.
Ahora bien, lo referido a las liquidaciones, no está en etapa ejecución, hay muchos fallos.
Mi pregunta es, quiero presentar la queja, hay 3 ds., hay que presentarla y fundarla en Cámara en este estado del expediente?Y relacionado con otro tema que planetó otro forista, aún cuando haya sentencia firme,
si no hay liquidación firme -porque no está firme la resolución que la aprueba-, entiendo subsiste la posibilidad de acuerdo. ¿Opinan igual?
ESPERO QUE ALGUIEN QUE SEPA ME CONTESTE, LA OTRA VEZ NADIE LO HIZO.
1. El actor presentó liquidación, que impugné, siN embargo el juzgado la aprobó, como no estoy de acuerdo con los fundamentos en tanto no tuvo en cuenta algunas cuestiones, presenté dentro de los 3 ds. y en el mismo escrtio, apelación con expresión de agravios, dejando en claro la afectación de la defensa en juicio.
Tardaron en sacar la providencia, que dice notifíquese, con lo cual estoy esperando la cédula, y dice que la resolución es inapelable por no estar dentro de los supuestos del art. 109LO.
Ahora bien, lo referido a las liquidaciones, no está en etapa ejecución, hay muchos fallos.
Mi pregunta es, quiero presentar la queja, hay 3 ds., hay que presentarla y fundarla en Cámara en este estado del expediente?Y relacionado con otro tema que planetó otro forista, aún cuando haya sentencia firme,
ESPERO QUE ALGUIEN QUE SEPA ME CONTESTE, LA OTRA VEZ NADIE LO HIZO.
