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 #480822  por silvialaunica
 
Buenas tardes, tengo una clienta con una IPP por lesiones culposas, una boludez total, un tipo en bicicleta la choca a ella en el paragolpes trasero, se cae una NN que iba sentada en el caño y llaman a la ambulancia y bla, bla, bla, no pasa nada. El tema es que a mi clienta le devuelven el vehiculo en caracter de depositaria judicial, ella lo quiere vender. Yo tengo dos opciones, creo, la causa no fue ni al garantias y yo nunca pude ver la causa por que está siempre o en la comosaria o en la DDI o en la merde, que hago pido la prescripcion (esto fue en febrero 2009) o le puedo pedir al fiscal la disposicion definitiva del bien??? Obvio, no soy penalista. Gracias.
 #480895  por feragus
 
Mínimo de plazo para la prescripción, 2 años. Instó la acción penal la lesionada?
 #480918  por silvialaunica
 
No, fue de oficio. Entonces como consigo que le den la libre disposicion del vehiculo? Yo me confundí estaba analizando el tema en base al art 283.
 #480940  por PenalistaCBA
 
silvialaunica escribió:Buenas tardes, tengo una clienta con una IPP por lesiones culposas, una boludez total, un tipo en bicicleta la choca a ella en el paragolpes trasero, se cae una NN que iba sentada en el caño y llaman a la ambulancia y bla, bla, bla, no pasa nada. El tema es que a mi clienta le devuelven el vehiculo en caracter de depositaria judicial, ella lo quiere vender. Yo tengo dos opciones, creo, la causa no fue ni al garantias y yo nunca pude ver la causa por que está siempre o en la comosaria o en la DDI o en la merde, que hago pido la prescripcion (esto fue en febrero 2009) o le puedo pedir al fiscal la disposicion definitiva del bien??? Obvio, no soy penalista. Gracias.

Colega... las prescripciones van de la mano del delito imputado... lo que puede pedir es una pronta resolución del aunto o, en su defecto, si ya se efectuaron sobre el vehículo las pericias necesarias de rigor, solicitar la entrega definitiva del vehículo... 8)
 #481294  por feragus
 
Las prescripciones van de la mano del delito imputado....relativamente, hay que tener en cuenta el art. 62-2 del CP en cuanto a que el plazo de prescripción nunca será inferior a 2 años.
Si fueron lesiones leves, sean culposas o dolosas, la acción penal no puede ser promovida de oficio, porque se trata de un delito de instancia privada (art. 72-2 del CP).-
 #491826  por anyta1
 
hola buen dia: consulta ¿ cual es el tiempo legal para iniciar una denuncia penal por lesiones leves ?( accidente de transito) muchas gracias
 #492239  por feragus
 
anyta1 escribió:hola buen dia: consulta ¿ cual es el tiempo legal para iniciar una denuncia penal por lesiones leves ?( accidente de transito) muchas gracias
Desde la fecha del hecho, hasta 2 años de ocurrido.
 #609446  por Gabigabi
 
Colegas el otro dia me toco un caso similar, pero tengo dudas...les cuento a ver si me pueden orientar un poco: en el año 2006 mi clienta tiene un accidente de transito,(pero nada importante) ella manejaba y era titular del vehiculo.....a los tres meses vende el auto (transfiere) a un familiar....este le hace la cedula azul pàra que ella siga circulando con el auto, que habia pasado a nombre de un pariente......esto fue en 2006......a fines de 2007..va un patrullero a buscar a mi clienta, y encuentra el auto en la puerta de su casa......entonces, la llevan a la comisaria....le piden los papeles etc....y le dan una notificacion de imputado, a todo esto la damnificada NO INSTO ACCION PENAL, a mi clienta junto con la notificacion de imputada, le entregan un papel en el que se le entrega el vehiculo como depositaria judicial, y que no lo podia vender sin autorizacion de la fiscalia.....La cuestion es que ella lo habia vendido...un año antes de que le llegue esa notificacion de imputada y de depositaria judicial, el policia se percato que ella ya no era titular del vehiculo.....y por lo tanto, no le hizo dejar el auto para pericia, sino que le pidio solo unos fotos, e hizo una inspeccion ocular al momento...esto fue en agosto de 2007.....el auto lo tuvo el pariente de ella hasta 2010 y jamas tuvo el vehiculo pedido de captura ni nada, habiendo simpre sacado mi clienta y el titular (pariente) certificados de dominio en el regitro.....a todo esto,,,,desde esa fecha (agosto de 2007) jamas tuvo noticias...por lo que supongo que....la causa debe estar archivada, y ademas jamas se insto accion penal, ya habiendo prescripto el plazo, ya que el hecho fue en 2006 y estamos en 2010.
La cuestion es: 1-Esto peude ser asi? que opinan? 2- El papel de notificacion de deposito judicial, y que no podia vender el auto sin autorizacion de la fiscalia, habiendolo ella vendido un año antes de la notificacion, tiene algun efecto??.....tengamos en cuenta que el personal de la comisaria se percato de que ella ya no era la titular del autmovil y le hizo la pericia ahi en el momento aparentemente, solo le pidieron unas fotos. que opinna? muchas gracias colegas ahhhh......laS LESIONES CULPOSAS PRESCRIBEN A LOS DOS AÑOS DEL HECHO,,YA PASARON 4 SIN QUE SE INSTARA LA ACCION PENAL,,,,PRESCRIBIO??...perdonen mis desconocimientos de Penal..saludos¡¡¡¡¡
 #609452  por feragus
 
Parece que habría prescripto. Habría que ver si hubo llamado a indagatoria.
 #609458  por Gabigabi
 
no no....no se insto accion penal, ni se llamo a indagatoria...ni a informativa ni nada...y cuando se la notifica, un año despues del hecho se le da un papel, en el que se le entegaba el vehiculo como depsitaria, y que no podia venderlo sin autorizacion de la fiscalia,,,,,,pero ella lo vendio (trasnfirio) un año antes de que le llegue esa notificacion,,,esto tiene algun efecto???, obivmente cuando se la notfica de esto,,,ella no era la titular del auto, y obviemnte no puede vender algo que no es de ella....supngo que al ver esto el oficial de policia...cuando le entregan la notificacion, habran comunicado a la fiscalia y habran dejado ese papel sin efecto.......luego de eso,,,en 2007 jamas, tuvo notificaciones, ni citaciones ni nada, y el vehiculo jamas tuvo prohibbicion de circular, o captura,,
 #609460  por Gabigabi
 
el accidente fue en 2006, le llega esa notificacion en 2007, y luego de eso, nunca mas llego nada ni se la cito, estamos en 2010
 #609618  por carl05
 
Es en provincia de Buenos Aires?
Si la citaron nada más que para notificarle la formacion de causa es obvio que todavía no hubo indagatoria.
Después de tanto tiempo, lo único que queda es un examen de visu sobre el auto, por eso le tomaron fotos y le hicieron la inspección ocular, como para cumplir con alguna diligencia.
Hubo en su momento raclamo civil por las lesiones a alguna aseguradora?
Es seguro que las lesiones eran leves? Si es así esta todo prescripto.
Igualmente a mi criterio las restricción como depositario que le impusieron no debería generar ningún perjuicio, ni por haberlo vendido antes por supuesto, ni por venderlo después. No se trata de un encubrimiento, de una adulteración de numero registrable, de un robo automotor ni nada de eso, que amerite tener el auto sin poder trasnsferir porque no hay consecuencias de tercerias o mejores derechos o discusiones sobre quien se queda con el auto.
Saludos.
 #609650  por Gabigabi
 
Muchas gracias Feragus y Carlo5 por responder¡¡¡
Carl05: respondo a lo anterior....el hecho fue en agosto 2006, no se insta accion penal, tampoco hubo reclamo civil.....la caratula fue lesiones culposas, estas lesiones por lo que me contaron fueron leves...llega esa notificacion un año despues, habiendose ya vendido el automotor..depsues de esa notificacion de imputado y habiendose sacado fotos al vehiculo (agosto 2007).......jamas volvio a llegar ninguna notificacion ...ni a declarar ni nada.............el tema del reclamo civil esta prescripto, el penal, creo yo, desde 2006 y no habiendo interrumpido el plazo con una indagatoria, creo tambien esta prescripto, (2 años desde el hecho)....y para mi el expediente esta archivado, depsues de tanto tiempo....Gracias por responder¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ disculpen mi inexperiencia en Penal'¡¡¡¡
 #723852  por silvialaunica
 
silvialaunica escribió:Buenas tardes, tengo una clienta con una IPP por lesiones culposas, una boludez total, un tipo en bicicleta la choca a ella en el paragolpes trasero, se cae una NN que iba sentada en el caño y llaman a la ambulancia y bla, bla, bla, no pasa nada. El tema es que a mi clienta le devuelven el vehiculo en caracter de depositaria judicial, ella lo quiere vender. Yo tengo dos opciones, creo, la causa no fue ni al garantias y yo nunca pude ver la causa por que está siempre o en la comosaria o en la DDI o en la merde, que hago pido la prescripcion (esto fue en febrero 2009) o le puedo pedir al fiscal la disposicion definitiva del bien??? Obvio, no soy penalista. Gracias.
Despues de tanto tiempo el tema sigue, me dieron la restitucion definitiva del vehiculo, solicité el sobreseimiento por el art 321 CPPPBA, 322 y 323 inc 4 y 6 en junio del 2010 y me lo denego el fiscal por no ser oportuno, en mayo 2011 citan a mi clienta para ficharla, y ahora me avisan del casillero q la citan para una audiencia por la ley 13433, resolucion alter. de confl. penales. La verdad es q mi clienta no cometio ningun delito, deberia ella resarcir a la victima? pedir disculpas o similar por un acto que no cometio? Se escuchan propuestas. Gracias.