Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Matrimonio en Extranjero - Divorcio en Argentina

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #609172  por cristianson
 
Hola, tengo un caso de un matrimonio celebrado en España y que actualmente ambas partes residen definitivamente en Argentina. Deciden divorciarse e interpuse un divorcio por el 215 solicitando, en la misma presentación y como previo al tramite de fondo, el previo reconocimiento e inscripcion del matrimonio en Argentina para, una vez concluido ello, siga el expediente con el divorcio propiamente dicho. Lo habia visto en otros casos. En el primer despacho, dicen que "atento el domicilio donde se celebrase el matrimonio, ocurran los peticionarios por la via que corresponda". La pregunta es, para los que me puedan ayudar, debo iniciar una solicitud de inscripcion del matrimonio celebrado en el extranjero de manera independiente y una vez concluido retomo el divorcio? Lo interpongo como Diligencia Preliminar? Desgloso la documental y lo inicio? El certificado esta correctamente apostillado aclaro. Cual es la via correcta? Aclaro que soy de Mar del Plata, para los que conocen el fuero de aquí mejor. Saludos y espero cualquier idea o sugerencia. Gracias
 #609686  por celso
 
Si previo a todo tenes que anotar el matrimonio, es un tramiet rapido, si tenes al partida de matrimonio apostillada es rapido sino hacela apostillar y listo.
 #928921  por Briank
 
Les hago una pregunta, acabo de inscribir un matrimonio celebrado en el extranjero (Italia) teniendo cumplidos + de 3 años. Ese matrimonio, ya lo inscribí en el Registro civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el año 2012. El objetivo ahora es tramitar el divorcio de esa unión, la pregunta es la siguiente, la redacción de demanda de ese divorcio, es como cualquier otra celebrado aquí en la Argentina?, solo acompaño la partida de matrimonio inscripta en el país?, es necesario pedir conexidad con el Juzgado que entendio la inscripcion? y la pregunta del millon, si ellos en realidad tienen muchos años de casados, pero en realidad se inscribio en el 2012 en el pais, tienen que esperar 3 años de nuevo?? o lo inscriben con la fecha de inscripcion en la Argentina, ahi iba un poco, como se redactaba este tema, nunca vi una partida de matrimonio de una union celebrada en el extranjero inscripta en la Argentina, por eso, si bien tengo el Numero de inscripcion, acta y tomo, le ponen el año en que se inscribio?, pero eso no me impide pedir divorcio por los 3 años, no?, agradezco a todos su ayuda y si alguno tiene un modelo, se agradece tambien.