DraMaricel escribió:tengo una duda básica: TIENE QUE COINCIDIR LA SITUACION DE REVISTA (SICAM) CON LOS DATOS PERSONALES DEL PUC... a partir del 1/10/93....En el puc.
como verifico esto???
muchas gracias!!!
DraMaricel escribió:tengo una duda básica: TIENE QUE COINCIDIR LA SITUACION DE REVISTA (SICAM) CON LOS DATOS PERSONALES DEL PUC... a partir del 1/10/93....En el puc.
como verifico esto???
muchas gracias!!!
varelamariac escribió:EN ANSES Y EN AFIP`ME CONTESTARON QUE SE EMPIEZA EL SICAM DESDE LA FECHA DE INSCRP DE AUTONOMO!!!!Ok pero presentaste un caso asi con la 555 vigente ?
EN LA MAYORIA DE LOS CASOS CUANDO CARGAS LA CUENTA SE MODIFICA EL PADRON DE AFIP.
EN UN SOLO CASO NO ME PASÓ Y POR ESO CONSULTÉ Y ME CONTESTARON ESO.
pampa71 escribió:Pregunto...si tengo una insc por ej de 73 a la actualidad(agricultor)....PUEDO AMpliar en sica2 como changador del 65 al 72. GraCIASsi
ae_195 escribió:Hola.
Que pasa si solo tiene inscripcion en Datos personales desde el 07/2004 pero con pagos desde 1994.
La Resol 555 dice que para los Monotributistas solo se verifica desde el 02/2004 no?.
capacitacion2007 escribió:Hola colegas! Les cuento un caso que presente, y espero sus opiniones
Jubilando a Pedro con la 555
Día 1
Justo me presente a la ANSES, el viernes 27/08 que se publicaba la Resolución 555 y el lunes 30/08 entraba en vigencia. En dicha oportunidad me rechazaron el SICAM porque tenía ampliada la situación de revista, antes del PUC siendo que al tener una moratoria 592/79 no se optar por la moratoria y ampliar hacia atrás (o sea antes de la inscripción) en forma conjunta.
Si se OPTA POR LA MORATORIA 592/79 hay que ampliar utilizando el SICAM 2.
Para presentar resolví entonces no optar por la moratoria y ampliar la situación de revista por SICAM 1.
El caso es de un hombre de 66 años recién cumplidos.
Tiene un año de exceso de edad, por ende 6 meses por el art. 19
Asimismo tiene en relación de dependencia 6 años, según SIJyP desde 01/1977 a 12/1982 inclusive
Según datos formales del SICAM de AFIP aparece la siguiente situación de revista
09/1973 – 02/1977: Actividad 208 Categoría E
10/2001 – 02/2007: Actividad 297 Categoría B
Según PHA (Padrón Histórico de Autónomos de ANSES)
09/1973 – 02/1977: Actividad 208 Categoría E
Última Categoría de Autónomos B Fecha 02/1986: Actividad 208
PAGOS QUE FIGURAN
Pagos que figuran: 01/1974 a 02/1977
Asimismo figuran: 03/1977 a 04/1977
Y registra pago de: 01/1980 a 02/1980
Día 2: Voy a Afip, les comento que la AFIP no puede modificar la situacion de revista para que coincida con ANSES; y los pagos efectuados, ya que como me explicaron tiene una situación de revista terminada o cerrada, con alta y baja, y eso no tienen ni la opcion en el sistema para modificarlo.
Día 3: (aunque ya pasaron más en la realidad)
Entonces liquidé sin optar por la moratoria 592/79, por SICAM 1 únicamente, NECESITA 23 AÑOS 6 MESES (sumado a 6 meses por art 19 y 6 años de relación de dependencia)
09/1962 – 08/1973: Actividad 108
09/1973 – 02/1977: Actividad 208 / Beneficio 01/1977 – 02/1977: Art.1 Ley 25321
03/1977 – 06/1980: Actividad 208 Cat.E / Beneficio 03/1977 – 06/1980: Art.1 Ley 25321
07/1980 – 02/1986: Actividad 208 Cat.B / Beneficio 07/1980 – 12/1982: Art.1 Ley 25321 y
/ Beneficio 08/1984 – 02/1986: Art.1 Ley 25321
03/1986 – 09/1986: Actividad 108
10/1986 – 09/1993: Actividad 108 / Beneficio 10/1986 – 09/1993: Art.3 Ley 24476
10/2001 – 06/2004: Actividad 297 / Beneficio 10/2001 – 06/2004: Art.1 Ley 25321
07/2004 – 02/2007: Actividad 297 / Beneficio 07/2004 – 02/2007: Art.1 Ley 25321
Tengo este SICAM liquidado por SICAM I
Espero sus comentarios
tincho_20 escribió:bueno les cuento las ultimas novedades:
Udai plaza de mayo tanto como profesionales, Respetaran la fecha de inicio del PUC.
Entonces si la fecha de inicio del PUC, no coincide con la del padron y la persona tiene pagos como autonomo Anteriores a la Fecha del PUC, eso habra que ir a la AFIP a que nos modifiquen los datos.
segunda duda para algunos, el Articulo 3, es el unico beneficio que se puede aplicar antes de la fecha de inicio del PUC, Obviamente que en el sicam 1 porque l 2 no te lo permite,
Articulo 1 ley 25..... se pude seguir aplicando en cualquier lado... pero no con los fines de Aplicar CESE ficto esto no va mas, el cese es al ultimo pago...
En fin.. SDM todo igual... personas sin inscripcion todo = q siempre....
El unico problema va a ser q vamos a tener que perder mas tiempo en las AFIP modificando los PUC. con la fecha del padron...
Salduos.
MARIO1943 escribió:tincho_20 escribió:bueno les cuento las ultimas novedades:
Udai plaza de mayo tanto como profesionales, Respetaran la fecha de inicio del PUC.
Entonces si la fecha de inicio del PUC, no coincide con la del padron y la persona tiene pagos como autonomo Anteriores a la Fecha del PUC, eso habra que ir a la AFIP a que nos modifiquen los datos.
segunda duda para algunos, el Articulo 3, es el unico beneficio que se puede aplicar antes de la fecha de inicio del PUC, Obviamente que en el sicam 1 porque l 2 no te lo permite,
Articulo 1 ley 25..... se pude seguir aplicando en cualquier lado... pero no con los fines de Aplicar CESE ficto esto no va mas, el cese es al ultimo pago...
En fin.. SDM todo igual... personas sin inscripcion todo = q siempre....
El unico problema va a ser q vamos a tener que perder mas tiempo en las AFIP modificando los PUC. con la fecha del padron...
Salduos.