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 #610887  por Lucero
 
TENGO QUE INICIAR DOS MEDIACIONES UNA POR DAÑOS Y OTRA LABORAL.
ME PUEDEN DECIR DE QUE MODO LAS INICIO? HAY DIFERENCIAS SI ELIJO MEDIACION PRIVADA? SOBRE TODO EN CUANTO A LOS GASTOS. ALGUIEN PODRIA INDICARME COMO ES EL TEMA?. MUCHAS GRACIAS
 #611759  por klaudia7
 
Hola, son 2 cosas diferentes:
1- Daños es mediación civil, puede ser privada (yo uso la privada) u oficial.
2- Laboral, se utiliza el servicio del SECLO, si es en Capital, en provincia no se utiliza.
 #612313  por Lucero
 
klaudia7 escribió:Hola, son 2 cosas diferentes:
1- Daños es mediación civil, puede ser privada (yo uso la privada) u oficial.
2- Laboral, se utiliza el servicio del SECLO, si es en Capital, en provincia no se utiliza.
Tal cual, el tema de la diferencia entre laboral y el tema de daños lo se. Gracias por tu respuesta en cuanto a la conveniencia de la privada en materia de daños,.
Ahora bien, en cuanto a la mediacion laboral tengo algunas dudas:
1) Debo confeccionar la Minuta Acta Poder que obra en la pagina del Colegio?
2) Dicha minuta mi cliente debe firmarla ante las autoridades del SECLO o ante la oficina de poderes?
3) Una vez firmada la Minuta ya directamente nos dan el listado de mediadores a los fines de su elección?
4) En cuanto al arancel correspondiente al mediador debo abonar en el Banco Nación? Dicho pago debo realizarlo con alguna boleta de depósito en particular? Las boletas las pide mi cliente directamente en el Banco? En cuanto a su confección es simple?
Muchisimas gracias
 #612898  por klaudia7
 
Lucero escribió:
klaudia7 escribió:Hola, son 2 cosas diferentes:
1- Daños es mediación civil, puede ser privada (yo uso la privada) u oficial.
2- Laboral, se utiliza el servicio del SECLO, si es en Capital, en provincia no se utiliza.
Tal cual, el tema de la diferencia entre laboral y el tema de daños lo se. Gracias por tu respuesta en cuanto a la conveniencia de la privada en materia de daños,.
Ahora bien, en cuanto a la mediacion laboral tengo algunas dudas:
1) Debo confeccionar la Minuta Acta Poder que obra en la pagina del Colegio?
SI. SE UTILIZA PARA PRESENTAR DEMANDAS EN JUSTICIA LABORAL DE CAPITAL
2) Dicha minuta mi cliente debe firmarla ante las autoridades del SECLO o ante la oficina de poderes?
TENES QUE COMPLETAR EL FORMULARIO DE SECLO: http://www.trabajo.gob.ar/seclo/formularios.asp COMPLETA EL QUE DICE "INICIO"
3) Una vez firmada la Minuta ya directamente nos dan el listado de mediadores a los fines de su elección?
UNA VEZ QUE COMPLETAS EL FORMULARIO TU CLIENTE VA HASTA ALSINA 665 DE LU A VIE DE 9 A 16.30 HS CON DNI, ENTREGA EL FORMULARIO, LO LLAMAN POR EL APELLIDO Y NOMBRE Y LE ENTREGAN OTRO FORMULARIO EN EL CUAL CONSTA EL NOMBRE Y APELLIDO DEL CONCILIADOR, DIA, HORA, LUGAR EN QUE SE CELEBRARÁ LA 1º AUDIENCIA. TE TIENE QUE LLAMAR PARA AVISARTE, OBVIO.
4) En cuanto al arancel correspondiente al mediador debo abonar en el Banco Nación? Dicho pago debo realizarlo con alguna boleta de depósito en particular? Las boletas las pide mi cliente directamente en el Banco? En cuanto a su confección es simple?
ESTE ES SOLO SI SOS LA RECLAMADA, EL ACTOR NO ABONA NINGÚN ARANCEL.
Muchisimas gracias
DE NADA, CUALQUIER COSA VOLVE A CONSULTAR.
MUCHA SUERTE!!!