Por favor me podrian ayudar soy nueva, la consulta es la sgte: voy a iniciar un divorcio por art.214 inc.2 en capital, los conyuges convinieron privadamente el monto de la cuota alimentaria para su hijo menor de edad. ¿Puedo incluir en la demanda de divorcio lo convenido privadamente por las partes respecto de los alimentos para que lo homologuen?
La mediación en este caso No sería necesario No??o hay que cumplir con ese requisito si o si??me parece que No porque no hay divergencia, las partes al contrario estan deacuerdo!! pero ante la duda!! me quedaria mas tranquila si me lo confirman. Desde ya muchas GRACIAS!!!!!
La mediación en este caso No sería necesario No??o hay que cumplir con ese requisito si o si??me parece que No porque no hay divergencia, las partes al contrario estan deacuerdo!! pero ante la duda!! me quedaria mas tranquila si me lo confirman. Desde ya muchas GRACIAS!!!!!