hOLA, les ahgo una pregunta media basica, sucede que recien empiezo la profesion, y es mi primera vez que debo diligenciar una cedu
la a otro juzgado pero dentro de la misma juridiccion, ya tengo preparada la cedula, aohra que debo hacer? la llevo al juzgado de la juridiccion correspondite junto a la cedula y copia de la demanda? y ellos la notifican o como es??
En gral:
En laboral: DE CAPITAL a CAPITAL el juzgado hace y diligencia las cedulas
DE CAPITAL a PROVINCIA el juzgado hace la cedula ley 22172 yt e la manda a tu domicilio constituido todo abrochado con las copias de demanda , y ahi vos tenes dos caminos: usar una gestoria (que irá a la oficina de mandamientos y notificaciones de la localidad destino) o ir vos personalmente a la oficina de mandamientos y notificaciones del lugar de destino llevando ese bodoque abrochado, ahi las dejás y te dan un papelito.. maso enun tiempo prudencial que lo podes preguntar ahi, volves y te devolveran la copia de la cedula ley diligenciada, o todo el bodoque sin diligenciar si hubo algun problema.
En Civil, Comercial, etc: DE CAPITAL a CAPITAL: vos haces la cedula y la dejas en el jusgado donde tramita la
causa, ellos se encangan de diligenciarla.
DE CAPITAL a PRONVICIA: vos haces la cedula ley, y vos tenes que diligenciarla tal como describi aariba igual que laboral.
Si hay algo mal que alguno me corrija.
Igualmente cuando es asi no tengas veguenza y preguntale al juzgdo total mas que reirse en tu cara no van a hacer... Y si se ríe m,ucho haces uso de nuestro bendito articulo que nos equipaara a los jueces en cuanto al tratamiento jajajaaj.
