Hola,
Mi consulta es realmente existencial, lleve algunos casos con un abogado laboralista, y nunca me paso esto.
Para el caso de despido indirecto por culpa del empleador derivado de horas extras laboradas no pagadas, falta de uniforme, no goce de descanso diario obligatorio, maltrato laboral (mobbing), etc, es requisito indispensable la remision de la intimacion a la AFIP?
Porque en los casos anteriores nunca lo hice, y tanto las mediaciones, como los juicios prosiguieron su curso, en forma normal, y nunca se me cuestiono no haberlo hecho, o se opuso por la parte contraria.
El tema es asi, esta persona queria renunciar, ante los hechos comentados, por la misma, le dije que era una practica muy común por parte de las empresas (empleadores) que hostiguen, obliguen a hacer cosas que no corresponden y demás para que la persona renuncie y asi no pagar la indemnizacion correspondiente.
Por lo que le sugerí que lo que podiamos hacer es intimar a regularizar la relacion laboral, y cesar con el maltrato que se le estaba propinando, bajo apercibimiento de considerarse despedida indirectamente por exclusiva culpa del empleador
Ella habia dejado de ir a trabajar, acusando enfermedad, por lo que le redacte la cd y la mando a los 2 días, la empresa nego todo y le envie una segunda cd, aduciendo no solo lo anterior, sino que me fije y la categoria en la que estaba registrada no era la correcta para su actividad, por lo que intime se regularice la situacion laboral de "ventas b". Obviamente negaron nuevamente y cerramos intercambio epistolar.
Ahora el tema está en que no hubo remision de intimacion a la AFIP, ni informe al ministerio de trabajo...
Me pueden ayudar??? Porque realmente esto me toma por sorpresa, en que casos procede??
y QUE SUCEDE SI NO SE REMITEN COPIA DE CD A LA AFIP??
GRACIAS
Mi consulta es realmente existencial, lleve algunos casos con un abogado laboralista, y nunca me paso esto.
Para el caso de despido indirecto por culpa del empleador derivado de horas extras laboradas no pagadas, falta de uniforme, no goce de descanso diario obligatorio, maltrato laboral (mobbing), etc, es requisito indispensable la remision de la intimacion a la AFIP?
Porque en los casos anteriores nunca lo hice, y tanto las mediaciones, como los juicios prosiguieron su curso, en forma normal, y nunca se me cuestiono no haberlo hecho, o se opuso por la parte contraria.
El tema es asi, esta persona queria renunciar, ante los hechos comentados, por la misma, le dije que era una practica muy común por parte de las empresas (empleadores) que hostiguen, obliguen a hacer cosas que no corresponden y demás para que la persona renuncie y asi no pagar la indemnizacion correspondiente.
Por lo que le sugerí que lo que podiamos hacer es intimar a regularizar la relacion laboral, y cesar con el maltrato que se le estaba propinando, bajo apercibimiento de considerarse despedida indirectamente por exclusiva culpa del empleador
Ella habia dejado de ir a trabajar, acusando enfermedad, por lo que le redacte la cd y la mando a los 2 días, la empresa nego todo y le envie una segunda cd, aduciendo no solo lo anterior, sino que me fije y la categoria en la que estaba registrada no era la correcta para su actividad, por lo que intime se regularice la situacion laboral de "ventas b". Obviamente negaron nuevamente y cerramos intercambio epistolar.
Ahora el tema está en que no hubo remision de intimacion a la AFIP, ni informe al ministerio de trabajo...
Me pueden ayudar??? Porque realmente esto me toma por sorpresa, en que casos procede??
y QUE SUCEDE SI NO SE REMITEN COPIA DE CD A LA AFIP??
GRACIAS
