Holas!!
Les hago una consulta,
un trabajador se tiene que considerar despedido de una empresa usuaria (el hombre trabajaba para una empresa de servicios eventuales) atento que no le han dado mas tareas y trabajo mas de seis meses para la misma y ya fue intimado.
la pregunta es:
1)mando el teleg. a la empresa usuaria q se considera despedido .etc.etc y le envio a la emp. de serv. eventuales copia de la misma=?
2) hay algo en especial q no me deba olvidar en este telegrama fundamental para poder reclamar indemn ante la empresa usuaria x fraude?
3) fecha d eingreso, cual consigno? la q entro a trabajaar a la empresa de serv. eventuales o a la usuaria?
muchass graciass a todos como siempre!!
Les hago una consulta,
un trabajador se tiene que considerar despedido de una empresa usuaria (el hombre trabajaba para una empresa de servicios eventuales) atento que no le han dado mas tareas y trabajo mas de seis meses para la misma y ya fue intimado.
la pregunta es:
1)mando el teleg. a la empresa usuaria q se considera despedido .etc.etc y le envio a la emp. de serv. eventuales copia de la misma=?
2) hay algo en especial q no me deba olvidar en este telegrama fundamental para poder reclamar indemn ante la empresa usuaria x fraude?
3) fecha d eingreso, cual consigno? la q entro a trabajaar a la empresa de serv. eventuales o a la usuaria?
muchass graciass a todos como siempre!!
