hola colegas; El caso es el siguiente:
1) entablo demanda por despido.
2) contestan tarde
3) sale el proveido: " No ha lugar a la contastación de demanda por extemporanea, tengase por acreditado personeria y constituido domicilio legal"
4) Agregan contestación de demanda y documental a expediente.
5) solicito desglose de constestación de demanda y documental o bien que tachen todo dejando a salvo acreditación de personeria y constitución de domicilio.
6) El juzgado ordena y efectiviza el desglose de todo (contestacion de demanda y toda la documental incluido el poder y la constitucion de domicilio lega.
ESA ES LA SITUACION... mis preguntas es ahora cuando solicite la apertura del periodo de prueba, a quien notifico? ... al domicilio real no me parece por que no es rebelde por que comparecio al juicio por medio de apoderado y purgo la rebeldia. Al domicilio legal no me parece por que si bien el decreto lo tiene por constituido no existe mas ninguna constancia de cual es ese domicilio!!!!, ademas si bien se tiene acreditada la personeria ya no esta mas el poder.. ESCUCHA SUGERENCIAS!!!!
1) entablo demanda por despido.
2) contestan tarde
3) sale el proveido: " No ha lugar a la contastación de demanda por extemporanea, tengase por acreditado personeria y constituido domicilio legal"
4) Agregan contestación de demanda y documental a expediente.
5) solicito desglose de constestación de demanda y documental o bien que tachen todo dejando a salvo acreditación de personeria y constitución de domicilio.
6) El juzgado ordena y efectiviza el desglose de todo (contestacion de demanda y toda la documental incluido el poder y la constitucion de domicilio lega.
ESA ES LA SITUACION... mis preguntas es ahora cuando solicite la apertura del periodo de prueba, a quien notifico? ... al domicilio real no me parece por que no es rebelde por que comparecio al juicio por medio de apoderado y purgo la rebeldia. Al domicilio legal no me parece por que si bien el decreto lo tiene por constituido no existe mas ninguna constancia de cual es ese domicilio!!!!, ademas si bien se tiene acreditada la personeria ya no esta mas el poder.. ESCUCHA SUGERENCIAS!!!!
