[quote="adriana"]Hola, como estas? te comento que fui la semana pasada a iniciar una jubi en san justo, la persona tenia una inscripcion autonoma, la respete, amplié en sicam 2, hasta ahí todo bien,
el problema surgió en que yo aplique prescripción a varios periodos, en lugar de aplicar art.1 entoences el iniciador chequeó la situación de revista con los pagos que tenia el sr. y me dijo que por la nueva resolcuion podía aplicar art. 1 pero no prescripción.
a la semana seguiente saco nuevo turno y cuando me presento me dicen que la dj, del art. 3 no la podia aplicar tampoco en periodos que tuviera pagos. por ende, pedi rechazo de sicam y ahora voy por la tercer presentación y espero que esta sea la vencida. jajaj
en si no se puede applicar art. 3 ni prescripción a periodos con pagos, aunque de dichos pagos surjan deudas.
saludos
adriana
Lo de no aplicar el art.3 en periodos pagos, fue de siempre asi.
el problema surgió en que yo aplique prescripción a varios periodos, en lugar de aplicar art.1 entoences el iniciador chequeó la situación de revista con los pagos que tenia el sr. y me dijo que por la nueva resolcuion podía aplicar art. 1 pero no prescripción.
a la semana seguiente saco nuevo turno y cuando me presento me dicen que la dj, del art. 3 no la podia aplicar tampoco en periodos que tuviera pagos. por ende, pedi rechazo de sicam y ahora voy por la tercer presentación y espero que esta sea la vencida. jajaj
en si no se puede applicar art. 3 ni prescripción a periodos con pagos, aunque de dichos pagos surjan deudas.
saludos
adriana
Lo de no aplicar el art.3 en periodos pagos, fue de siempre asi.
Sólo el hombre íntegro es capaz de confesar sus faltas y de reconocer sus errores. Benjamin Franklin
