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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #619741  por amg
 
En un divorcio que tramita en Pcia. de Bs As acordamos la cuota alimentaria de un % sobre todo concepto que perciba el alimentante y que el pago se haría en efectivo y contra recibo. Aún no se dicto sentencia ni se homologaron los acuerdos.
Como el alimentante se nego a pagarle a mi cliente el % del aguinaldo, pedi que se lo intime a hacerlo y de paso pedi apertura de cuenta judicial para poner fin a los conflictos que comenzaron a subsitarse.

Me sacan el siguiente proveido:" ... hacese saber a la presentante de fs 33 que en su caso deberá ocurrir por la vía y forma correspondiente a la Receptoría General de Expedientes" y no entiendo que acción podria iniciar si los acuerdos aún no estan homologados, por otro lado no me parece apropiado iniciar un expte de alimentos pues el acuerdo esta en el divorcio. QUE ME PIDEN???????????????
 #620029  por cecicarla
 
incidente de ejecucion de cuota alimentaria quizas .. con conexidad con el divorcio .... yo iria sorteando el incidente en la planilla de sorteo tenes que poner creo que en la parte de observaciones la conexidad con el divorcio para que tramiten en el mismo juzgado, y en la demanda haces referencia del acuerdo arribado en los autos ... para el momento del despacho quizas ya se homologó ...
amg escribió:En un divorcio que tramita en Pcia. de Bs As acordamos la cuota alimentaria de un % sobre todo concepto que perciba el alimentante y que el pago se haría en efectivo y contra recibo. Aún no se dicto sentencia ni se homologaron los acuerdos.
Como el alimentante se nego a pagarle a mi cliente el % del aguinaldo, pedi que se lo intime a hacerlo y de paso pedi apertura de cuenta judicial para poner fin a los conflictos que comenzaron a subsitarse.

Me sacan el siguiente proveido:" ... hacese saber a la presentante de fs 33 que en su caso deberá ocurrir por la vía y forma correspondiente a la Receptoría General de Expedientes" y no entiendo que acción podria iniciar si los acuerdos aún no estan homologados, por otro lado no me parece apropiado iniciar un expte de alimentos pues el acuerdo esta en el divorcio. QUE ME PIDEN???????????????
 #620272  por sog
 
Yo creo que tenes que iniciar alimentos, si el convenio no se esta cumplienfo no lo van a homologar y sera como si no existiera.
 #620297  por Paris
 
amg escribió:En un divorcio que tramita en Pcia. de Bs As acordamos la cuota alimentaria de un % sobre todo concepto que perciba el alimentante y que el pago se haría en efectivo y contra recibo. Aún no se dicto sentencia ni se homologaron los acuerdos.
Como el alimentante se nego a pagarle a mi cliente el % del aguinaldo, pedi que se lo intime a hacerlo y de paso pedi apertura de cuenta judicial para poner fin a los conflictos que comenzaron a subsitarse.

Me sacan el siguiente proveido:" ... hacese saber a la presentante de fs 33 que en su caso deberá ocurrir por la vía y forma correspondiente a la Receptoría General de Expedientes" y no entiendo que acción podria iniciar si los acuerdos aún no estan homologados, por otro lado no me parece apropiado iniciar un expte de alimentos pues el acuerdo esta en el divorcio. QUE ME PIDEN???????????????
¿Hace cuánto pasó a sentencia? Yo creo que tenés que averiguar cuánto falta para que salga la sentencia. Una vez que sale fijate si te homologaron los acuerdos (sobre todo en el tópico alimentos), la notificás. Una vez que está notificada, denunciás el incumplimiento de los alimentos y pedís se forma incidente de ejecución de convenio. Y ahí ejecutás los alimentos. Es cierto que te no es algo inmediato, que tenés que esperar a que salga la sentencia de divorcio, pero más vas a tardar si iniciás algo nuevo. París *suerte*
 #620358  por Pato272727
 
Estimados: si me permiten les doy una opinión diversa.

El convenio suscripto por personas capaces es plenamente eficaz para obligar a alguien a pagar alimentos. Si se requiere la homologación no es por el obligado al pago sino porque existen menores beneficiarios respecto de quienes el convenio no homologado podría resultar inoponible.

Con ello entiendo que vos deberías de poder ejecutar el convenio como cualquier otro convenio privado.

Finalmente si te quedan dudas, podrías iniciar la ejecución y pedir la homologación en el mismo proceso de ejecución. Digo, no sea cosa que el sátrapa te desista del divorcio.

Suerte. y no dejes de darnos una devolución de lo que hiciste y como anduvo. Este problema va a volver al foro.
 #620521  por cecicarla
 
Coincido con pato, si te hicieron referencia a la mesa receptora de expedientes tenes que iniciar una ejecucion de alimentos de ultima te daran un previo relacionado con la homologacion pero yo lo iria iniciando con una copia del acuerdo, no es necesario iniciar un alimentos si el acuerdo ya esta pactado en el divorcio, se ejecuta ese mismo convenio firmado y salvo que sea contrario al interes de los menores te lo van a homologar seguro.- Yo estoy ejecutando un acuerdo de alimentos celebrado en un expediente de divorcio dentro del mismo pero entiendo que no todos los juzgados se manejan de igual manera lo correcto es iniciar un incidente de ejecucion solicitando la conexidad.-
Pato272727 escribió:Estimados: si me permiten les doy una opinión diversa.

El convenio suscripto por personas capaces es plenamente eficaz para obligar a alguien a pagar alimentos. Si se requiere la homologación no es por el obligado al pago sino porque existen menores beneficiarios respecto de quienes el convenio no homologado podría resultar inoponible.

Con ello entiendo que vos deberías de poder ejecutar el convenio como cualquier otro convenio privado.

Finalmente si te quedan dudas, podrías iniciar la ejecución y pedir la homologación en el mismo proceso de ejecución. Digo, no sea cosa que el sátrapa te desista del divorcio.

Suerte. y no dejes de darnos una devolución de lo que hiciste y como anduvo. Este problema va a volver al foro.