Hola foristas les cuento con mi cliente remitimos telegramas varios por falta de registración, durante el transcurso de los 30 días la trabajadora se enfermó, fue internada e incluso operada, con fecha de alta posterior al cumplimiento de los 30 días (aclaro que se espero ese plazo pese a negar en más de una oportunidad que estuviera mal registrada) para demostrar la voluntad no rupturista esperando que recapacitaran, pero lejos de eso pese a saber esta situación de salud intiman a que retome tareas, se explica los motivos de la ausencia se presenta la documentación en la empresa, y cumplido el plazo se da por despedida la trabajadora por falta de regularización de su contrato y se considera en situación de despido indirecto, cierra el intercambio epistolar. La consulta es la siguiente, dicho telegrama fue contestado por la patronal con rechazando todos los términos, hablando de supuesta dolencia y realizando nuevas imputaciones por ejemplo que cuando asistió el médico de la empresa ella no se encontraba y que justo ese día ella remitiera el telegrama considerandose despedida por lo que no estaría con reposo absoluto. lo ciero es que fue al médico a controlarse los puntos por fuertes dolores y suporación, también remitió el mencionado telegrama.
Mi consulta es la siguiente debo responder este nuevo telegrama, con nuevas imputaciones o ya no correspondería por haber cerrado el intercambio? que me aconsejan? Gracias.
Charo.-
Mi consulta es la siguiente debo responder este nuevo telegrama, con nuevas imputaciones o ya no correspondería por haber cerrado el intercambio? que me aconsejan? Gracias.
Charo.-
