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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #621045  por periquita
 
Hola claumar
Quiero hacerte 2 aclaraciones
1. Este es un foro donde los que participamos lo hacemos de acuerdo a nuestras posibilidades sin ninguna obligación y por supuesto que en forma absolutamente solidaria, para ayudar y aprender. Estos últimos días he estado muy ocupada y como habrás visto no contesté otras consultas también pendientes.
2. Este post no lo inicié yo como se puede comprobar fácilmente, por lo que no es MI POST PERSONAL, por suerte cada tanto alguien ayuda y contesta. Siempre que puedo lo hago, trato de tomarme un tiempito dejando incluso otras cosas de lado. Además a veces es imposible responder por la complejidad del tema y el tiempo que lleva analizarlo.

Dicho esto vamos a lo que te interesa

claumar escribió:
claumar escribió:HOLA PERIQUITA te cuento que tengo el caso de una señora que tiene 61años de edad y queria jubilarse ella solo tiene aportado desde el 2/1988 al 12/1996 como auxiliar de 3 en la direccion general de escuelas me dieron unos papeles que la verdad son bastante complicaditos para llenar me podrias ayudar,
Cómo? son todos datos personales que tendrás que completar con el titular

son para llevar a la plata a la direccion de certificaciones y jubilaciones en la calle 57 n 835 me dijeron que si lo quiero llevar yo tengo que hacer un poder no por escribano y llevarlo
¿qué tipo de poder, sos abogado? Tiene que cumplir un mínimo de requisitos, dirección del apoderado en La Plata, etc.
En general puede entregar cualquiera pero no retirar.
cuando este listo luego llevar al ips para el reconocimiento esto es asi+
Afirmativo, tené en cuenta que el trámite dura aprox. 2 años
Supongo que luego se jubilará por ANSES completando todos los años que le faltan...

no he tenido respuesta gracias
 #621046  por periquita
 
Dra. Marita escribió:Hola!!! Primero quiero aclarar que no hago Docentes. Pero a raíz de otro asunto, me surgió una duda. ¿Puede ser que un Docente Universitario, se haya jubilado con ley 18037, y haya hecho en un momento juicio de reajustes por movilidad basado en 49,53,55etc y nada que ver con el 82% etc?
Gracias a quien me conteste!!!
Los Docentes Universitarios no tenían ninguna ley especial, se jubilaban por la general hasta la sanción de la ley 26508 y pedían reajustes por ley general.
Saludos
 #621047  por periquita
 
andreamar escribió:
andreamar escribió:... tengo un certif de servicios (Formul Anses PS 6.2) por servivcios en una escuela privada, que aporto parece a Anses, periodo 8/1966 a 3/1980, Maestra de Grado (en total 13 años y 4 meses) ... esta firmada por el Representante Legal - SIN estar certificada esa firma !! ... en el caso de servicios docentes de Anses, es necesario certificar la firma x banco, anses etc (como sucede en caso de serv comunes) ?? Si es necesario y además tiene que ir al colegio a pedir la planilla Ampliación Decreto 137/2005 que tiene que estar certificada la firma en Enseñanza Privada...

Perdon Periquita que vuelva a consultarte !!!!! fui a la escuela a pedir me rehicieran la "certif de servicios" (PS 6.2) (que tenia firma del representante Legal, escuela Privada, periodos de 1966 a 1980) pero NO estaba certificada x Banco) y les pedi de paso el Formul del Dec 137 (Ampliacion de Certif de Serv Docentes - PS 6.268) Como no tenian ambos formularios, me pidio la Directora se los consiga yo, y se los llevo hoy... el tema es que me dicen NUNCA COMPLETARON UNO de Dec 137, que creen ese no seria necesario...
Es imprescindible si la docente lo era de planta. No corresponde si dictaba materias extraprogramáticas. Mi preg es... ese formul se cumplimenta similar al certif de Serv ?? Me refier a que lo completa la escuela (no el docente),SI lo firma el repres Legal SI y su firma certificada x banco ??? NO o ese formul Dec 137 debo llevarloa DIPREGEP, que en La Plata Torre I de la Munic ???? (pregunto porque tenia entendido que ahi era solo para los tramites de docentes de provincia, no de Anses como el mio) Si tu colegio es privado de la prov. de Bs. As. el Dto. 137 debe llevar la firma de DIPREGEP. Supongo que ése será tu caso,Mil gracias siempre !!!
 #621049  por periquita
 
Sil escribió:Hola a todos!!! Dos dudas: 1- Tengo jubilacion docente para iniciar ya tengo el reco del IPS, las certificaciones de la DAD, y las certificaciones de servicios de lso colegios y ampliacion del 137/05, mi duda es como cargo los periodos en la Solicitud de Prestaciones Previsionales puedo hacerlo en forma global por escuela (x ej EEM Nº 8 del 01/01/94 hasta actualidad) o debo detallar todo, tal como esta en el reco (ej. EEM Nº8 01/01/94 al 15/03/95 4 hs suplentes, 22/04/96 al 01/03/00 2hs provisionales, vicedirectora a partir del 01/03/98 hasta actualidad, etc )???
Lo correcto es detallar todo, pero igual te lo toman y como no hay retroactivo no te perjudica el que no coincida exactamente. De todos modos no hay que aclarar cargos y Nº de horas.

2- De las escuelas de Pcia Bs As tengo el reco pero el computo es hasta 02/2010 cuando salio el reconocimiento
¿es hasta que salió el reco o hasta el cierre de cómputos? pero sigue trabajando aun, hay que presentar algun otro certificado de la escuela de provincia en Anses o, como es a cierre de computos, tomaran el cese en Bs As al dia del turno? En docentes en actividad nunca es al día del turno. ES FUNDAMENTAL que todo lo que esté trabajando en la actualidad tenga la misma fecha de cese, que en este caso supongo tendría que ser el del IPS.
Mil garcias!!
Sil
Perdón por la demora en contestar
 #621464  por Dra. Marita
 
Periquita! Me equivoqué y te mandé un mensaje privado!! Me supera la tecnología, si puedo lo rescato y lo pongo acá!
 #621523  por Sil
 
periquita escribió:
Sil escribió:Hola a todos!!! Dos dudas: 1- Tengo jubilacion docente para iniciar ya tengo el reco del IPS, las certificaciones de la DAD, y las certificaciones de servicios de lso colegios y ampliacion del 137/05, mi duda es como cargo los periodos en la Solicitud de Prestaciones Previsionales puedo hacerlo en forma global por escuela (x ej EEM Nº 8 del 01/01/94 hasta actualidad) o debo detallar todo, tal como esta en el reco (ej. EEM Nº8 01/01/94 al 15/03/95 4 hs suplentes, 22/04/96 al 01/03/00 2hs provisionales, vicedirectora a partir del 01/03/98 hasta actualidad, etc )???
Lo correcto es detallar todo, pero igual te lo toman y como no hay retroactivo no te perjudica el que no coincida exactamente. De todos modos no hay que aclarar cargos y Nº de horas.

2- De las escuelas de Pcia Bs As tengo el reco pero el computo es hasta 02/2010 cuando salio el reconocimiento
¿es hasta que salió el reco o hasta el cierre de cómputos? pero sigue trabajando aun, hay que presentar algun otro certificado de la escuela de provincia en Anses o, como es a cierre de computos, tomaran el cese en Bs As al dia del turno? En docentes en actividad nunca es al día del turno. ES FUNDAMENTAL que todo lo que esté trabajando en la actualidad tenga la misma fecha de cese, que en este caso supongo tendría que ser el del IPS.
Mil garcias!!
Sil
Perdón por la demora en contestar
Periquita muchas gracias x tu respuesta!!! Te cuento que en el reconocimiento le reconocen -valga la redundancia...- hasta la fecha que sale el reco -02/2010- y le adjuntan unas hojas con el detalle de las remuneraciones de los ultimos 10 años donde al final hay un sello que dice "Continua en Actividad". Mi duda es la siguiente (y con esto no te molesto mas): Como en esta escuela de provincia de Bs As todavia trabaja, tiene que pedir algun otro certificado por el periodo 03/2010 al 09/2010? o el hecho de que en el reco diga "continua en actividad" es sufiente para acreditar que hasta la actualidad sigue trabajando en mismas condiciones?
Gracias!!!
 #621557  por patricia fernanda
 
Hola !!! Te Consulto porque realize una jubilacion de una docente y ahora le salio favorable, la sra sigue trabajando hasta ahora que realiza la renuncia. Mi pregunta es le corresponde el retroactivo? porque ella siguio trabajando desde el momento que inicio hasta ahora que va a dejar.
gracias
 #621577  por andreamar
 
Excelente la predisposicion y colaboracion siempre de periquita !!!!! Nos enseñas un monton, es una suerte contar con tu ayuda, gracias x responder a mi anterior consulta, estaba trabada con el tema del formulario Dec 137, x ser la primera vez que em tocaba presentar uno Muchas muchas gracias !!!!
 #621584  por Dra. Marita
 
Hola Periquita! Ante todo gracias por responder y bastante rápido.
No es abusar de tu bondad si te ptrgunto algo más?
Resulta que , el caso por el que puse la pregunta, es un caso que una colega amiga me pasó con la liq. de Bluecorp hecha para hacer reajuste. Cuando veo lo que cobraba actualmente, más de 4.000 pesos y la liq, de Bluecorp le daba 1400 . Pensaba mandar a revisar la liq. por quien la hizo por si estaba mal hecha, pero antes de ello, me pongo a chusmear los papeles y veo que es docente, entonces me pregunto si será que hay que hacersela por el 82%, que así capáz le da diferencia.
Para peor, era DOCENTE UNIVERSITARIA y no se tampoco si para esos casos también corre el 82%.-
Gracias por contestar, y si comprendés mi inquietud, espero tu respuesta
 #621772  por periquita
 
Sil escribió: Periquita muchas gracias x tu respuesta!!! Te cuento que en el reconocimiento le reconocen -valga la redundancia...- hasta la fecha que sale el reco -02/2010- y le adjuntan unas hojas con el detalle de las remuneraciones de los ultimos 10 años donde al final hay un sello que dice "Continua en Actividad".
¿esas hojas tienen membrete de un colegio o del IPS?
Mi duda es la siguiente (y con esto no te molesto mas): Como en esta escuela de provincia de Bs As todavia trabaja, tiene que pedir algun otro certificado por el periodo 03/2010 al 09/2010? o el hecho de que en el reco diga "continua en actividad" es sufiente para acreditar que hasta la actualidad sigue trabajando en mismas condiciones? ¿Esta persona hizo cierre condicionado al 02/2010?Gracias!!!
 #621773  por periquita
 
patricia fernanda escribió:Hola !!! Te Consulto porque realize una jubilacion de una docente y ahora le salio favorable, la sra sigue trabajando hasta ahora que realiza la renuncia. Mi pregunta es le corresponde el retroactivo? porque ella siguio trabajando desde el momento que inicio hasta ahora que va a dejar.
gracias
Supongo que se habrá jubilado por ANSES.
No le corresponde retroactivo.Tampoco si lo hubies hecho por el IPS.
Saludos
 #621775  por periquita
 
andreamar escribió:Excelente la predisposicion y colaboracion siempre de periquita !!!!! Nos enseñas un monton, es una suerte contar con tu ayuda, gracias x responder a mi anterior consulta, estaba trabada con el tema del formulario Dec 137, x ser la primera vez que em tocaba presentar uno Muchas muchas gracias !!!!
Me alegro si te pudiste destrabar :lol:
Suerte
 #621778  por periquita
 
Dra. Marita escribió:Hola Periquita! Ante todo gracias por responder y bastante rápido.
No es abusar de tu bondad si te ptrgunto algo más?
Resulta que , el caso por el que puse la pregunta, es un caso que una colega amiga me pasó con la liq. de Bluecorp hecha para hacer reajuste. Cuando veo lo que cobraba actualmente, más de 4.000 pesos y la liq, de Bluecorp le daba 1400 . Tendría que haber un error
Pensaba mandar a revisar la liq. por quien la hizo por si estaba mal hecha, pero antes de ello, me pongo a chusmear los papeles y veo que es docente, entonces me pregunto si será que hay que hacersela por el 82%, que así capáz le da diferencia. con el 82 % no se hacen cálculos, es un porcentaje del haber en actividad.
Para peor,¿por qué para peor? era DOCENTE UNIVERSITARIA y no se tampoco si para esos casos también corre el 82%.- Ya te contesté en el anterior que NO.
Gracias por contestar, y si comprendés mi inquietud, espero tu respuesta
 #621819  por Dra. Marita
 
:D Ja! Hola Peri, puse hacerlo por el 82 el reclamo!!! Ya sé que el 82 es un porcentaje y no se hace blue corp!
Yo pensaba que en universitarios también corría el 82, lo leí gugleando. -
Se ve que se lo habías contestado a otro forista, voy a leer las anteriores respuestas.-
Gracias peri!!
 #621825  por periquita
 
periquita escribió:
Dra. Marita escribió:Hola!!! Primero quiero aclarar que no hago Docentes. Pero a raíz de otro asunto, me surgió una duda. ¿Puede ser que un Docente Universitario, se haya jubilado con ley 18037, y haya hecho en un momento juicio de reajustes por movilidad basado en 49,53,55etc y nada que ver con el 82% etc?
Gracias a quien me conteste!!!
Los Docentes Universitarios no tenían ninguna ley especial, se jubilaban por la general hasta la sanción de la ley 26508 y pedían reajustes por ley general.
Saludos
Hola Dra Marita
En realidad esto es lo que te contesté y supuse que al decir que "no tenían ninguna ley especial, se jubilaban por la general hasta la sanción de la ley 26508 y pedían reajustes por ley general" se entendía que no podían pedir el 82 %, pero parece que no quedó muy claro, sorry.
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