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 #620598  por humus
 
Una consulta, que tiempo debe transcurrir luego de dictada la falta de mérito para solicitar el sobreseimiento??
Gracias!!!!
Sami
 #620648  por feragus
 
No hay tiempo, tenés que ver la prescripción por el plazo del delito o, en su caso, por violación al plazo razonable de duración del proceso (Fallo Barra de la CSJN).
 #620829  por humus
 
Feragus, te cuento que es un hurto simple, yo pensaba esperar 4 meses que es el plazo razonable de duración de la instrucción (art 207 cpn).
Estará bien?
Gracias!!!
 #620883  por feragus
 
4 meses no es el plazo razonable de duración de la instrucción, sino que es un plazo legalmente establecido. Claro que lo podés usar para decir que se viola el plazo razonable de duración del proceso cuando la instrucción se prolonga por más de 4 meses. Pero tené presente que no hay ninguna norma que disponga la finalización de la causa por el incumplimiento de ese plazo. Lo único es la prescripción que, en tu caso, es de 2 años, a contar desde el primer llamado a indagatoria.
 #621000  por humus
 
Feragus muchas gracias por tu ayuda!!!
Saludos! *abrazo*
 #623071  por Gigo
 
Hola a todos!!!!! Tengo una causa de robo en poblado y en banda con escalamiento del año 1998 pero cuyo ultimo acto interruptivo de la prescrición fue en el 2003; creen viable la solicitud de prescripción por encontrarse excedidos todos los plazos razonabless establecidos en la legislación nacional e internacional??????
 #623098  por macero
 
Gigo escribió:Hola a todos!!!!! Tengo una causa de robo en poblado y en banda con escalamiento del año 1998 pero cuyo ultimo acto interruptivo de la prescrición fue en el 2003; creen viable la solicitud de prescripción por encontrarse excedidos todos los plazos razonabless establecidos en la legislación nacional e internacional??????
La causa que vos mencionas, habria que ver cuàl fue el ultimo acto interruptivo, pero entiendo que esta prescripta.
Sldos
 #623114  por poorlaw
 
Gigo escribió:Hola a todos!!!!! Tengo una causa de robo en poblado y en banda con escalamiento del año 1998 pero cuyo ultimo acto interruptivo de la prescrición fue en el 2003; creen viable la solicitud de prescripción por encontrarse excedidos todos los plazos razonabless establecidos en la legislación nacional e internacional??????
Dando por ciertas las premisas del post, creo que la acción penal prescribiría en el 2013, al menos que esté calculando mal.

Por otra parte, si es provincia de Bs.As., el CPP tiene un artilugio para acortar plazos si la ipp estuviera archivada, por lo que fuere, con imputado determinado: a pedido de parte se podrá solicitar sobreseimiento, si transcurrieron 3 años desde la fecha del archivo (art. 323, último párrafo).

Saludos.
 #623470  por feragus
 
Gigo escribió:Hola a todos!!!!! Tengo una causa de robo en poblado y en banda con escalamiento del año 1998 pero cuyo ultimo acto interruptivo de la prescrición fue en el 2003; creen viable la solicitud de prescripción por encontrarse excedidos todos los plazos razonabless establecidos en la legislación nacional e internacional??????

Como bien dijeron, la causa prescribiría, según el Código Penal, en 2013.
Pero podés plantear la prescripción por violación al plazo razonable de duración del proceso con sustento en el fallo "Barra" de la CSJN. Para eso tenés que considerar que la investigación no sea compleja, que tu defendido haya tenido una conducta procesal adecuada (o sea que no haya estado rebelde o, por lo menos, si lo estuvo que no haya sido por mucho tiempo), de modo de atribuir la demora en la resolución del proceso a la mora judicial.
 #623684  por mmoreno
 
desde la absoluta ignorancia pregunto: no puede ser perjudicial pedir la prescripción de la causa en un expediente que no se mueve desde el 2003 a riesgo de que sea denegada y que se pongan a investigar? no sería mejor tener preparada la prescripción por si se les ocurre instar la causa nuevamente? agradecería a quien me enseñe.-
 #623970  por feragus
 
Y sí...podés esperar a 2013. Salvo que tu cliente cometa un nuevo delito y la prescripción empiece de cero otra vez.