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  • duda procesal ... quedo notificado???

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #622244  por cecicarla
 
Tengo una duda procesal .. en un expediente de alimentos, el demandado no cumplio con el convenio correspondiente y envie una cédula intimando al pago de los alimentos adeudados con su correspondiente liquidación, la cedula la envie al domicilio constituído de la ultima presentacion que hizo el demandado (con nuevo patrocinio letrado), la abogada devolvio la cedula con un escrito sin la firma del representado (bajo art. 48), en el mismo: renuncio al patrocinio letrado, impugno la liquidación y denuncio el domicilio real del demandandado ... ahora bien: presente un escrito solicitando se provea dicho escrito y se tenga por no presentada la impugnacion por no ratificar el escrito ... y me salio el siguiente despacho: Proveyendo a la presentacion de fs. 86 atento a la renuncia expresada en el tercer parrafo y asimismo, no surgiendo los motios y o razones de la invocacion manifestada por el art. 48 del CPCC aclarado que sea la presentacion se proveera lo que por derecho corresponda.... mi duda es la siguiente: yo tengo que tomar como notificada la liqudiacion no? porque al momento de enviar la cedula tenia ese domicilio constituido y no puede el letrado renunciar sin mas, es decir, quedo notificado y es responsabilidad del letrado ubicar al demandado o exponer algo al respecto ... y en consecuencia estaria en condiciones de ejecutar la liquidacion ... ahora bien, en caso que no fuera así, el juzgado no deberia haber proveido la renuncia tambien? me hice un matete!!

Yo me mande una macana y presente un escrito se diligencie nueva cedula al domicilio real denunciado por la abogada pero el juzgado me contesto previo cumplase con lo ordenado (lo transcripto antes) a fin de encuadrar procesalmente la situacion del demandado ...
 #622261  por santiheladero
 
la liquidacion se notifico porq de hecho la abogado presento la impugnacion. como invoco el art 48, si no fue ratificado yo pediria qe se haga efectivo el apercibimiento y se decrete la nulidad de lo actuado ( si se cumplieron los 40 dias habiles) y que quede firme la liquidacion.
cuando el abogado renuncia al patrocinio son validas las notificaciones q se le hacen hasta que la parte no designe uno nuevo.

ahora en el escrito se invoco expresamete el art 48 o como no llevaba firma de parte vos lo encuadraste asi. porq el proveido no es muy claro y pareceria decir eso.
 #622281  por cecicarla
 
Yo no lo encuadre así, el auto que te transcribi lo proveyo el juzgado al escrito presentado por la abogada, luego yo presente otro manifestando que habiendo transcurrido un tiempo considerable y no habiendo la otra parte aclarado el escrito presentado siendo la letrada patrocinante al momento de la notificacion se provea con las constancias de autos .... a lo cual me contestaron:

CUMPLASE CON LO ORDENADO A FIN DE ENCUADRAR PROCESALEMNTE LA SITUACION DE LA PARTE DEMANDADA....
(?¡?)

vos decis entonces que presente un escrito solicitando la nulidad de lo actuado, quedando firme la liquidacion para su ejecucion? Respecto a la renuncia manifestada por la letrada no digo nada? porque el juzgado no la proveyo ...
santiheladero escribió:la liquidacion se notifico porq de hecho la abogado presento la impugnacion. como invoco el art 48, si no fue ratificado yo pediria qe se haga efectivo el apercibimiento y se decrete la nulidad de lo actuado ( si se cumplieron los 40 dias habiles) y que quede firme la liquidacion.
cuando el abogado renuncia al patrocinio son validas las notificaciones q se le hacen hasta que la parte no designe uno nuevo.

ahora en el escrito se invoco expresamete el art 48 o como no llevaba firma de parte vos lo encuadraste asi. porq el proveido no es muy claro y pareceria decir eso.
 #622388  por cecicarla
 
odio esos proveidos poco claros!!! en realidad creo que el escrito de la abogada no es procedente porque primero impugna la liquidacion en los terminos del art 48 y parrafo seguido dice habiendo perdido todo contacto con el patrocinado vengo a renunciar al patrocionio solicitando se lo notifique en su domicilio real ... incluyendo en tal notificacion que debera ratificar lo actuado en esta oportunidad en el plazo de ley!!!!
no es su obligacion notificarlo en el domicilio real????????
encima nunca mas se presento en el expediente!
creo que no corresponde lo que puso no?
santiheladero escribió:a mi ese proveido me suena mas a la renuncia de la abogada. igualmente si paso el plazo pediria q se tenga por firme la liquidacion
 #623643  por chiqui79
 
cecicarla escribió:odio esos proveidos poco claros!!! en realidad creo que el escrito de la abogada no es procedente porque primero impugna la liquidacion en los terminos del art 48 y parrafo seguido dice habiendo perdido todo contacto con el patrocinado vengo a renunciar al patrocionio solicitando se lo notifique en su domicilio real ... incluyendo en tal notificacion que debera ratificar lo actuado en esta oportunidad en el plazo de ley!!!!
no es su obligacion notificarlo en el domicilio real????????
encima nunca mas se presento en el expediente!
creo que no corresponde lo que puso no?
santiheladero escribió:a mi ese proveido me suena mas a la renuncia de la abogada. igualmente si paso el plazo pediria q se tenga por firme la liquidacion
para mi es super correcto lo de la colega, impugna porque sigue siendo abogada hasta los 10 dias de notificada la renuncia. esperà los 60 dias, pedis se lo tenga por no presentado el escrito y ahi obtenes la firmeza de la liquidacion.
 #624124  por cecicarla
 
muhcas gracias chiqui!!! en realidad leyendo bien el escrito de la abogada en su ultimo parrafo solicito que se notifique por cedula al domicilio real de su cliente que debe presentarse a ratificar lo actuado + la renuncia efectuada ... luego el juzgado proveyo que aclare los motivos de la invocacion del art 48 y la dra. nunca presento nada aclarando .. ya pasaron los 60 dias y nada hizo ... de hecho el juzgado jamas proveyo ni la renuncia .. fui a hablar con la persona que lo lleva y me dijo que solicite se tenga por no presentada la impugnacion y que quede firme la liquidacion efectuada .. es poco etico no comunicarme antes con la letrada??????? se que la estaria perjudicando porq la liquidacion es super alta! ... mil gracias por la ayuda!
chiqui79 escribió:
cecicarla escribió:odio esos proveidos poco claros!!! en realidad creo que el escrito de la abogada no es procedente porque primero impugna la liquidacion en los terminos del art 48 y parrafo seguido dice habiendo perdido todo contacto con el patrocinado vengo a renunciar al patrocionio solicitando se lo notifique en su domicilio real ... incluyendo en tal notificacion que debera ratificar lo actuado en esta oportunidad en el plazo de ley!!!!
no es su obligacion notificarlo en el domicilio real????????
encima nunca mas se presento en el expediente!
creo que no corresponde lo que puso no?
santiheladero escribió:a mi ese proveido me suena mas a la renuncia de la abogada. igualmente si paso el plazo pediria q se tenga por firme la liquidacion
para mi es super correcto lo de la colega, impugna porque sigue siendo abogada hasta los 10 dias de notificada la renuncia. esperà los 60 dias, pedis se lo tenga por no presentado el escrito y ahi obtenes la firmeza de la liquidacion.
 #624808  por chiqui79
 
olvidate de la letrada, porque ella ya sabe como puede seguir todo si no ratifica, ya no es tu responsabilidad. cumpliste tu deber, ella quizas lo quizo hacer y no pudo porque el cliente desaparecio. Si ya paso el plazo pedi se tenga firme la liquidacion y se desglose el escrito no ratificado. Luego de ello continuas.
la otra letrada cubrio su responsabilidad al presentar el escrito. Tampoco tenes que ser demasiado benevola y renunciar a tus propios beneficios por los demas, lo que no tenes es que ser DESLEAL. Y vos no lo fuiste, notificaste y todo, el resto es un lio de ella y su cliente.
besitos.