Hola Colegas, tengo la consulta de una clienta cuyo padre hace 20 años le donó en vida una vivienda. Nunca se instrumentó por escribano, es decir, la donación fue de palabra. Ahora desp de 20 años y por un problema personal entre ellos le pide la vivienda. Mi clienta estuvo 20 años viviendo ininterrumpidamente y abonando asimismo absolutamente todos los servicios. Tiene algún tipo de resguardo legal o no?
Espero sus comentarios, desde ya muchas gracias!
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