Colegas mi consulta es la siguiente: tengo un cliente que tiene un convenio firmado con la mama de un hijo que tienen en comun, donde arreglaron un 30% de su sueldo como cuota alimentaria, de esto hace un año casi. Nunca dejo de incumplir y no hubo problemas. Ahora a mi cliente lo despidieron y seguramente lo indemnicen, la consulta es por que sabemos que el 30% de esa indemnizacion debe destinarla a su hijo, mi preguntas es si el obligatoriamente debe darselo de una sola vez o puede ir dandole por mes como hacia antes. Es por que desconfiamos del manejo de la madre si le llegamos a dar toda la suma junta, el padre pretende pasarle el monto por mes hasta consumir ese 30%. Cualquier respuesta me sirve, saludos.
Textualmente Ud. dice: por que sabemos que el 30% de esa indemnizacion debe destinarla a su hijo.
Lo sabe o lo supone? Y en base a qué cada una de ellas?. La obligación alimentaria establece que le entregue el 30% de la indemnización?. Le agradeceré aclarar para ayudar. Saludos