ESTIMADOS:
Tengo una duda respecto a la liquidacion de la sociedad conjugal en forma privada... es la primera vez que lo haría y no quiero hacer lios...
La semana que viene presentaremos la demanda de divorcio por presentacion conjunta con acuerdo de regimen de visitas y cuota alimentaria.
Como unico bien ganancial existe un automotor, y no lo quieren liquidar judicialmente.
El marido no tenia demasiado interes en el divorcio, o sea no tenia apuro,(mi clienta si) ahora el Sr. quiere vender el auto urgente (el cual quedaria 100 % en favor de el, ya que hicieron mejoras en el inmueble de la esposa y ahi quedarian compensados), y esta apurado por que mi clienta le firme el 08 ... situacion que debemos aprovechar para que finalmente firme el divorcio...MIS DUDAS SON :
* hacemos el convenio adjudicandole el 100 % del unico bien al marido ante escribano .. el mismo dia se firma el 08...y con q fecha ? Corremos algun riesgo?
el Sr ya tendria libre disposicion del bien desde la fecha ? o la tendra a partir de la sentencia ?
o en que instancia se firma el 08 ? los retiene el escribano ?
ME GUSTARIA SI ME PUEDEN COMENTAR COMO ES EL PROCEDIMIENTO ... asi no pregunto mas pavadas...
gRACIAS a quien pueda guiarme y disculpen las preguntas tan basicas ...
Tengo una duda respecto a la liquidacion de la sociedad conjugal en forma privada... es la primera vez que lo haría y no quiero hacer lios...
La semana que viene presentaremos la demanda de divorcio por presentacion conjunta con acuerdo de regimen de visitas y cuota alimentaria.
Como unico bien ganancial existe un automotor, y no lo quieren liquidar judicialmente.
El marido no tenia demasiado interes en el divorcio, o sea no tenia apuro,(mi clienta si) ahora el Sr. quiere vender el auto urgente (el cual quedaria 100 % en favor de el, ya que hicieron mejoras en el inmueble de la esposa y ahi quedarian compensados), y esta apurado por que mi clienta le firme el 08 ... situacion que debemos aprovechar para que finalmente firme el divorcio...MIS DUDAS SON :
* hacemos el convenio adjudicandole el 100 % del unico bien al marido ante escribano .. el mismo dia se firma el 08...y con q fecha ? Corremos algun riesgo?
el Sr ya tendria libre disposicion del bien desde la fecha ? o la tendra a partir de la sentencia ?
o en que instancia se firma el 08 ? los retiene el escribano ?
ME GUSTARIA SI ME PUEDEN COMENTAR COMO ES EL PROCEDIMIENTO ... asi no pregunto mas pavadas...
gRACIAS a quien pueda guiarme y disculpen las preguntas tan basicas ...